Un pequeño triunfo para la oposición de Pedro Castillo en Perú fue conseguido este viernes 11 de noviembre, luego de que en votación interna, la subcomisión encargada en el Congreso de ese país, diera luz verde a la aprobación de un informe formulado en contra del dirigente, acusándolo de traición a la patria, en un texto que, además, sugiere que el político reciba una suspensión de cinco años sin poder ejercer cargos públicos.
La votación, realizada en el seno de la Subcomisión de Acusaciones del Congreso de Perú, logró ser aprobada con una reñida votación de 11 votos a favor y 10 en contra del referido informe que versa sobre una presunta infracción a la Constitución de ese país por parte del presidente Castillo Terrones, luego de que este afirmara ante medios internacionales, más precisamente la cadena CNN, que estaría dispuesto a estudiar la posibilidad de otorgar acceso al mar para Bolivia, hecho que fue mal visto por algunos sectores.
El informe fue presentado en la Comisión de Acusación por el congresista del Partido Avanza País Diego Bazán, y en su proceso de aprobación tuvo como protagonista a la congresista Lady Camarones, quien lideró el equipo de trabajo que ese encargó del estudio de la propuesta de informe.
¿Qué sigue en el proceso contra Castillo?
En medio del proceso que hace curso en contra de Pedro Castillo, y que es visto por el oficialismo peruano como un nuevo intento para remover de su cargo al cuestionado presidente que ya superó favorablemente dos mociones de vacancia, el siguiente paso tras la aprobación del texto por parte de la subcomisión, es que este sea puesto en conocimiento del pleno de la Comisión permanente, el cual deberá estudiarlo y votar su ratificación, y así seguir adelante con el trámite ante el Congreso.
Los hechos que marcaron la votación:
Dos hechos que han caracterizado el actual proceso se han referido a que a la cita para votación se presentaron dos ausencias de cabildantes, que aunque tenían licencia, podrían haber inclinado la balanza eventualmente hacia el sector contrario, más aún, teniendo en cuenta que el informe se aprobó apenas por la diferencia de un voto.
En ese mismo sentido, otro de los factores que hacen particular esa votación, es que, en lo corrido de la presente semana, se sustituyó a un importante número de los legisladores que la componían inicialmente, luego de que estos presentaran algunos impedimentos o estuvieran inhabilitados por la existencia de investigaciones en su contra.
Según refieren medios locales, dichos cambios incluyeron movidas al interior de los partidos Acción Popular, Perú Libre, Podemos Perú, y Fuerza Popular.
También fue retirada del órgano la nueva ministra de salud, Kelly Portalatino, luego de que esta se juramentara en su nuevo cargo.
Previo a la realización de la jornada de este viernes, los medios de comunicación local en Perú habían advertido que la oposición a Castillo, compuesta, entre otros por el sector fujimorista, no contaba con los votos suficientes para la aprobación del referido informe, no obstante, las ausencias pudieron jugar un papel determinante.
El aplazamiento de la votación también lo es, en tanto, el informe aprobado este viernes, estaba previsto para ser votado en días pasados, no obstante, los mencionados cambios en la composición del organismo, obligaron a que la fecha tuviera que ser aplazada.
¿Qué dice el informe?
El informe aprobado por la Subcomisión de Acusaciones del Congreso de Perú, señala que Castillo Terrones, con sus declaraciones, infrinció los artículos 32, 54 110 y 118 de la Constitución de su país, hechos a los que también se sumaría, de acuerdo con la ponencia, la infracción del ‘delito de traición a la patria’, consignado en su ordenamiento jurídico, más precisamente en su código Penal, artículo 325.
Medios locales advierten que la votación del documento de acusación contra Castillo, no contó con debate previo.
¿Qué dice el artículo que acusan Castillo irrespetó?
“Artículo 325.- Atentado contra la integridad nacional
El que practica un acto dirigido a someter a la República, en todo o en parte, a la dominación extranjera o a hacer independiente una parte de la misma, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince años”.