En el marco de las próximas elecciones generales en España, el partido Vox tuvo que retirar una pancarta por mostrar símbolos que atacaba a varios movimientos sociales y era una forma de propaganda, lo cual va contra la normatividad electoral.
El próximo 23 de julio será un día crucial para España. A nivel nacional, se llevarán a cabo las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado. En un inicio, estaban previstas para diciembre, pero el presidente de Gobierno, Pedro Sánchez, decidió anticiparlas luego de darse a conocer los resultados de las elecciones autonómicas y municipales de mayo. Del mismo modo, el mandatario anunció su voluntad de disolver las Cortes Generales.
El partido de derecha colocó una lona en un edificio ubicado en el número 145 de la calle Alcalá en Madrid. La larga pancarta de color verde decía el siguiente mensaje: “Decide lo que importa”. Hasta ahí no hay problema, pero la polémica se presentó por lo que había en la zona inferior de la propaganda. Al fondo apareció una caneca donde habían símbolos de la bandera independentista de Cataluña, Agenda 2030, bandera LGBTIQ+, bandera del Partido Soviética y el logotipo del movimiento feminista.
El mensaje de la pancarta no pasó desapercibido y la gente la calificó como ‘la lona del odio’, debido a que atacaba a movimientos sociales diferentes a la ideología del Vox. La lona fue puesta el pasado 17 de junio y despertó una polémica a un mes de las elecciones.
El Psoe junto a la Asociación Española contra las Terapias de Conversión interpusieron una denuncia ante la Junta Electoral de Zona para solicitar el retiro de la pancarta, argumentando que va en contra de los estatutos de la campaña electoral. Aparte del ataque a los movimientos, el partido y la asociación señalaron que el mensaje de texto es un ejemplo de propaganda electoral, el cual incumple la norma.
Finalmente, la Junta Electoral falló a favor de la denuncia, señalando que la lona va en contra del artículo 53 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg), la cual establece: “No puede difundirse propaganda electoral ni realizarse acto alguno de campaña electoral una vez que esta haya legalmente terminado. La obtención gratuita de medios proporcionados por las Administraciones Públicas quedará limitada al periodo estricto de campaña electoral”.
Asimismo, el articulado señala que las limitaciones se establecen sin perjuicio de las actividades realizadas por partidos, coaliciones o federaciones inmersas en las elecciones. “Desde la convocatoria de las elecciones hasta el inicio legal de la campaña, queda prohibida a la realización de publicidad o propaganda electoral mediante carteles, soportes comerciales o inserciones en prensa, radio u otros medios digitales, no pudiendo justificarse dichas actuaciones por el ejercicio de las actividades ordinarias de los partidos, coaliciones o federaciones”, concluye el artículo al señalar los tipos de mensajes tomados como propaganda.
En ese orden de ideas, la decisión tomada por el tribunal el 27 de junio le dio la orden al Vox de retirar la pancarta en un lapso de 24 horas. De no ser así, el partido incurriría en sanciones económicas o electorales. El colectivo de derecha acató la orden y retiró la lona de la calle Alcalá. La medida fue relacionada con el propósito propagandista, no por los símbolos que tenía. La Junta Electoral indicó que no tiene competencia sobre posibles asuntos de odio, sino sobre la ilegalidad de la propaganda.
La defensa de Vox no surtió efecto. A pesar de argumentar que en la pancarta no se representaba ninguna infracción a la legislación electoral, la Junta consideró que sí lo hacía, por lo que el retiro de la lona era obligación.