Entre las infracciones se incluía el cobro de equipaje de mano, la falta de transparencia en la información precontractual sobre el precio final del servicio, el suplemento por la reserva de asientos contiguos para acompañar a menores y personas dependientes, y la imposibilidad de pagar en metálico en el aeropuerto por estos u otros servicios adicionales.
Según la información adelantada por la emisora de radio Cadena SER, fuentes del Ministerio de Consumo confirmaron que en el verano de 2023 se abrieron expedientes a estas cuatro aerolíneas de bajo costo tras recibir las denuncias, para investigar las prácticas abusivas. Entre las razones por las que se impuso la sanción se destaca el cobro excesivo a los pasajeros por equipajes de mano, entre otras denuncias.
Por su parte, la Asociación de Líneas Aéreas (ALA), que representa el 85 % del tráfico aéreo en España, rechazó la decisión de Consumo, argumentando que prohibir el cobro del equipaje de mano perjudica a los consumidores al eliminar la opción de pagar solo por los servicios indispensables. ALA señaló que esta medida obligaría a unos 50 millones de pasajeros que no llevan maleta de cabina a contratar servicios que no utilizan. En un comunicado, ALA indicó que ello perjudicará a los consumidores, “al suprimir la opción de los pasajeros de contratar exactamente lo que necesiten”.
Además, destacaron que la sanción puede ser recurrida y, agotada esta vía, las compañías podrían acudir a los tribunales. De hecho, las aerolíneas afectadas ya preparan recursos de alzada ante la propia administración y no descartan la vía judicial, confiando en que esta última les dará la razón.
El presidente de ALA, Javier Gándara, explicó en una rueda de prensa este viernes que las aerolíneas multadas tienen plazo hasta mediados de julio para presentar sus recursos de alzada, y luego el ministerio tendrá tres meses para resolver. Hasta que la sanción sea firme, las aerolíneas podrán mantener su política de tarifas actual. ALA considera que la decisión de Consumo va en contra de la normativa europea, específicamente el principio de libertad de fijación de precios reconocido en un reglamento comunitario de 2008, y supone una injerencia en la fijación tarifaria.
Por otro lado, la asociación de consumidores Facua valoró positivamente la decisión del Ministerio de Consumo, recordando que los consumidores tienen derecho a reclamar la devolución de estos cargos extra.
En una nota, la asociación de consumidores Asufín confía en que la sanción sirva de freno efectivo a la impunidad con la que las compañías incumplían los derechos de los consumidores. Asufín destacó que es urgente un cambio de conducta por parte de estas compañías, que sistemáticamente ponen en práctica usos que constituyen “un abuso en toda regla”.
Además, algunos expertos del sector han señalado que esta decisión podría sentar un precedente importante en la regulación de las políticas de tarifas de las aerolíneas en Europa, potenciando una mayor protección para los consumidores y obligando a las compañías a revisar sus prácticas comerciales para cumplir con las normativas de transparencia y equidad.