En la provincia española de Salamanca, un padre quedó exonerado de continuar pagando una pensión alimenticia a su hija, quien está ad portas de cumplir 30 años. El dinero que mensualmente recibía desde 2005 equivalía a 125 euros, unos 632.000 pesos colombianos.
La justicia ratificó recientemente una sentencia de julio de 2022, en la que un juzgado de primera instancia en el municipio de Béjar había fijado el final para la cuota alimenticia. Aquella decisión llevó a que la joven interpusiera una apelación en el último intento por no perder aquel dinero fijo; sin embargo, sus razones fueron desestimadas.
Según informó El Mundo, las autoridades le dieron la razón al padre español, quien alegó que su hija no tenía interés en buscar un empleo y que, cuenta de ello, lo reflejaba su historial laboral. En este solo aparecía haber trabajado un día, del 10 al 11 de mayo de 2016, lapso desde el cual se había valido de otras formas para su ‘solvencia’ económica.
Otras de las razones del padre
El diario mencionado señaló que hubo incongruencias en la contestación a la demanda hecha por la mujer, pues omitió que percibía un subsidio por algo más de dos millones de pesos (al convertir en pesos colombianos). De este resultó beneficiaria desde comienzos de 2021 por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.
Según el español, a la presunta falta de preocupación de la joven por independizarse (y más a esa edad) se suma la convivencia por al menos una década con quien sería su pareja. En ese punto, la mujer rechaza la existencia de un vínculo más allá de arrendador - arrendataria y afirma no pagar más de 50 euros mensuales porque aquel individuo es amigo y se ha ‘conmovido’ de su situación financiera.
La ruptura de relación entre padre e hija es otro de los argumentos expuestos en el proceso judicial pues; según él, ella no le tiene afecto. La distancia entre ambos estuvo marcada, después de que en otra oportunidad el europeo ya intentara romper ese ‘vínculo económico’.
La ‘lucha’ para eliminar la pensión
Esa otra búsqueda por llegar a una exoneración en la pensión se remonta a 2018, pero una sentencia determinó que la española debía seguir recibiendo la cuota “porque la situación de acceso al mercado laboral para los jóvenes en ese momento era complicada”. Esto en alusión a que también cuenta con un título como técnica en farmacia y parafarmacia.
Según 20 Minutos, en ese entonces la joven alegó que no podía prescindir de esa asistencia porque la aquejaba, además, un trastorno adaptativo mixto. El portal Psicología y Mente explica que este consiste en una complicación para hacer frente a situaciones estresantes o de alta ‘exigencia’ emocional.
Así las cosas, el tribunal decidió rechazar la apelación contra la sentencia de 2022 y giró la ‘ruleta’ a favor de aquel padre. El Poder Judicial señaló en un comunicado que la ausencia de relación entre los dos era más que suficiente para el fin de esa cuota.
“Con 29 años cumplidos, mantiene un evidente y manifiesto desinterés por buscar un trabajo de forma activa y por trabajar”, dijo y recalcó que aunque “no tiene independencia económica, esta solo es debida a su falta de diligencia e interés en la consecución de un empleo; puesto que no se ha acreditado en autos ni causa física ni psíquica”, se lee en ese texto.
Son “hechos, que unidos a su vida en pareja en Zamora desde hace 10 años o a que percibe un subsidio, en definitiva, vienen a corroborar la situación de pasividad en la que se ha colocado voluntariamente en orden a procurarse una forma de vida”, añade.