Colombia está entre los países cuyos ciudadanos pueden solicitar la visa temporal de trabajo en Estados Unidos, siempre y cuando acaten ciertas condiciones. Poder viajar a un país desarrollado y potenciar las habilidades, aprender o reforzar un segundo idioma, así como trabajar motiva a un número mayor de personas a migrar.
Desde Latinoamérica son numerosos quienes empacan maletas y aguardan por mejores oportunidades, en lo que algunos llaman el “sueño americano”. Hay varias rutas y una de ella es el visado temporal que, como su nombre lo indica, no permite excederse en el tiempo autorizado (salvo justificación anticipada).
El Servicio de Inmigración y Ciudadanía de Estados Unidos (USCIS por sus siglas en inglés) indica las diferentes categorías para poder aplicar. Este es un punto clave, pues una de las principales razones para una visa negada es solicitarla con el formulario equivocado, es decir, cuando las características del trayecto no coinciden.
¿En qué consiste la visa H-1B?
Esta se inclina a los extranjeros que cuentan con profesiones altamente calificadas, de investigación con el Departamento de Defensa (DOD), modelos de alta costura y para empleados en proyectos de desarrollo. Es clave tener en cuenta los siguientes requisitos durante el trámite:
- Contar con un título de bachillerato o uno superior, dependiendo la actividad especializada a realizar.
- La funciones son de tal especificidad que, por lo general, requieren estudios como un posgrado.
- Contar con una licencia sin restricciones, bajo la cual se pueda trabajar a cabalidad en la nación receptora.
Según USCIS, cada año fiscal se otorgan unas 65.000 visas H-1B. El número se amplía bajo condiciones concretas.
Paso a paso para tramitar esta visa
- El empleador debe presentar la Solicitud de Condición Laboral (LCA) ante el Departamento de Trabajo para su respectiva certificación.
- En esta fase se diligencia el Formulario I-129 ante el Servicio de Inmigración y Ciudadanía de Estados Unidos.
- Una vez ese formulario reciba el visto bueno, el extranjero puede continuar tramitando su permiso H-1B en una embajada o consulado.
Otros permisos de trabajo temporal
Rutas adicionales para laborar legalmente en Estados Unidos y de forma temporal son los permisos H-2A y H-2B. El primero es para trabajadores agrícolas temporales y; el segundo, para quienes se desempeñan en otras actividades.
Para aplicar a la primera hay que demostrar que el oficio no es permanente ni hay el suficiente personal calificado en ese país. Tampoco debe haber una repercusión en los salarios de estadounidenses. De América Latina algunos países que pueden participar, aparte de Colombia, son: Argentina, Chile, Costa Rica, El Salvador, Ecuador, Guatemala y Paraguay.
El periodo máximo con este tipo de permiso es de tres años, sujeto a prórroga de doce meses a la vez. Por otro lado está el permiso H-2B al cual pueden aplicar quienes busquen oficios distintos a la agricultura.
USCIS aclara que el empleador solo puede traer mano de obra extranjera, bajo esta modalidad, en una sola ocasión. Esto implica dar cuenta que en el pasado no se ha aludido a la “falta de personal calificado” para no contratar directamente a estadounidenses. Sobre la cantidad máxima por año fiscal, esta se ubica en 66.000.
Los pasos para el proceso son:
- Radicar ante el Departamento de Trabajo la solicitud de certificación de empleo orientada a mano de obra extranjera.
- Presentar el Formulario I-129 ante USCIS.
- Cuando se hayan superado los dos pasos anteriores, se podrá continuar con el proceso en la embajada o consulado.
El periodo máximo para permanecer bajo esa categoría también es de tres años, según explican las autoridades de migración en su página web.