Para que no se haga acreedor a una multa económica debe tener presente cómo se aplica la medida del pico y placa en la ciudad de Armenia este viernes 25 de noviembre.
De acuerdo con el decreto emitido por la administración municipal, en esta jornada no podrán circular en la capital quindiana los carros con matrículas terminadas en los dígitos 1 y 2.
Recomiendan a los conductores recordar que la zona donde se aplica esta medida es desde la calle 11 hasta la 25 entre las carreras 13 y 22, en el rango horario que va desde las 7:00 a. m. hasta las 7:00 p. m. en jornada continua.
Además de 7:00 a 9:00 de la mañana; de 11:30 a. m. a 2:00 p. m. y de 5:30 de la tarde a 7 de la noche en los siguientes sectores:
- Desde la plaza del Coliseo del Café, carrera 19, calle segunda norte.
- Avenida 14 de octubre, sobre la calle 23, carrera 20ª, la calle 26, calle 10, carrera 11 y 12.
Las motocicletas en la capital del departamento del Quindío, tienen la misma rotación numérica, es decir 1 y 2 para este viernes, teniendo presente el último número de la placa. En este tipo de vehículos se permite que circulen sin ninguna restricción las que están adscritas a las empresas legalmente constituidas y que presten servicios de mensajería o domicilio; siempre y cuando realicen una inscripción ante el organismo de tránsito y transporte municipal.
Quienes no cumplan con la medida se hacen acreedores a una multa de 500.000 pesos, es decir 15 salarios mínimos legales vigentes diarios.
Los taxis también tienen pico y placa, pero sólo de sábado a miércoles. Es decir que los jueves y viernes no tienen ninguna restricción. En Armenia se tienen 1.716 taxis, de los cuales 340 deben salen de circulación cada día con la medida que se aplica de 5:00 de la mañana a 4:59 a. m. del día siguiente.
Entre las excepciones a la medida de pico y placa en Armenia se destacan las siguientes:
- Vehículos de otra ciudad o departamento, con peaje pago no antes de 72 horas previo al control. Debe estar matriculado en un organismo de tránsito distinto a los disponibles en el departamento del Quindío.
- Transporte público o privado de alimentos perecederos.
- Vehículos de empresas de mensajería debidamente identificados.
- Vehículos eléctricos e híbridos.
- Transporte de autoridades nacionales y locales.
- Vehículos de transporte público o privado de bienes o insumos agrícolas, industriales o de construcción, también vehículos que transporten trabajadores de tales rubros.
- Vehículos pertenecientes al cuerpo de Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil y cualquiera institución dedicada exclusivamente a la atención de emergencias y que se encuentren plenamente identificados y en cumplimiento del servicio.
- Vehículos adaptados y que transporten personas con alguna discapacidad, siempre y cuando la persona con la discapacidad esté ocupando el vehículo.
- Vehículos operativos de empresas de servicios públicos domiciliarios con logotipo que los identifique.
- Grúas de servicio público y particular, solo durante la prestación del servicio. Vehículos destinados a la prestación del servicio de escoltas, debidamente identificados y durante la prestación del servicio.
- Carrozas fúnebres, más no el cortejo fúnebre.
- Vehículos tipo ambulancia, debidamente habilitados por la autoridad competente.
- Vehículos de asistencia médica de urgencias, domiciliarios adscritos, en propiedad o alquiler de empresas cuyo objeto social sea la prestación de servicio de salud, para lo cual la persona natural o jurídica autorizada deberá tramitar ante el organismo de tránsito de Armenia la inscripción del vehículo autorizado para este servicio.
- Aquellas situaciones en los que por necesidades en la prestación del servicio sean autorizados por la secretaría de Tránsito y Transporte de Armenia.