Los vehículos particulares y las motocicletas manejan la misma rotación numérica de pico y placa. Este miércoles no pueden circular en Armenia las matrículas terminadas en los dígitos 9 y 0.
La zona donde se aplica la medida es desde la calle 11 hasta la 25 entre carrera 13 y 22 desde las 7:00 a. m. hasta las 7:00 p. m. en jornada continua. Además, de 7:00 a. m. a 9:00 a. m.; de 11:30 a. m. a 2:00 p. m. y de 5:30 p. m. a 7:00 p. m. en los siguientes sectores:
- Desde la plaza del Coliseo del Café, carrera 19, calle segunda norte.
- Avenida 14 de octubre, sobre la calle 23, carrera 20ª, la calle 26, calle 10, carrera 11 y 12.
Entre las excepciones a la medida de pico y placa en Armenia se destacan las siguientes:
- Todos los vehículos de asistencia médica de urgencias, domiciliarios adscritos, en propiedad o alquiler de empresas cuyo objeto social sea la prestación de servicio de salud, para lo cual la persona natural o jurídica autorizada deberá tramitar ante el organismo de tránsito de Armenia la inscripción del vehículo autorizado para este servicio.
- Los vehículos pertenecientes a las Fuerzas Armadas, a la Policía Nacional, los agentes y reguladores de tránsito y transporte, en sus respectivos horarios laborales.
- Las carrozas fúnebres, más no el cortejo fúnebre.
- Los automotores tipo ambulancia, debidamente habilitados por la autoridad competente.
- Aquellos carros pertenecientes al cuerpo de Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil y cualquiera institución dedicada exclusivamente a la atención de emergencias y que se encuentren plenamente identificados y en cumplimiento del servicio.
- Los autos adaptados y que transporten personas con alguna discapacidad, siempre y cuando la persona con la discapacidad esté ocupando el vehículo.
- Los vehículos operativos de empresas de servicios públicos domiciliarios con logotipo que los identifique.
- Las Grúas de servicio público y particular, solo durante la prestación del servicio.
- Vehículos destinados a la prestación del servicio de escoltas, debidamente identificados y durante la prestación del servicio.
- Vehículos de transporte de valores pertenecientes a las empresas autorizadas para tal fin.
- Carros autorizados para transporte escolar privado de propiedad de los establecimientos educativos y sólo durante la prestación del servicio.
- Autos provenientes de otra ciudad o departamento que presenten el comprobante de pago de peaje con fecha del día que se solicite.
- Vehículos adscritos a empresas de comunicaciones radiales, escritas o televisivas plenamente identificados en su parte exterior con el logo del medio de comunicación. El comunicador deberá presentar el documento que lo acredita como tal.
- Vehículos destinados al transporte de alimentos perecederos, debidamente registrados ante la autoridad sanitaria.
- Vehículos operativos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
- Vehículos pertenecientes a empresas de mensajería, adscritos a una empresa autorizada para realizar dicha labor, para lo cual deben estar plenamente identificados y durante la prestación del servicio.
- Las Motocicletas adscritas a las empresas legalmente constituidas y que presten servicios de mensajería o domicilio, previa inscripción ante el organismo de tránsito y transporte municipal.
- Aquellas motocicletas pertenecientes a empresas dedicadas a los servicios de seguridad, vigilancia privada o de escoltas, siempre y cuando estén prestando el servicio y plenamente identificados.
- Tosas las motocicletas pertenecientes a las Fuerzas Armadas, a la Policía Nacional y a la Fiscalía.
Quienes no cumplan con la medida se hacen acreedores a una multa superior a los $500.000, es decir 15 salarios mínimos legales vigentes diarios.
Los taxis también tienen pico y placa y en el caso de este miércoles, 29 de marzo, no pueden trabajar los vehículos de este tipo cuyas matrículas empiecen en los dígitos 9 y 0. En este caso se aplica durante todo el día.