El Consejo de Estado confirmó que actualmente tiene para revisión 150 demandas contra la norma del Gobierno nacional que obliga a presentar el carné de vacunación contra el coronavirus para ingresar a sitios públicos como restaurantes.
“En el Consejo de Estado cursan en la actualidad 150 demandas que fueron presentadas en ejercicio del medio de control de nulidad contra este mismo acto administrativo. La primera de ellas, con radicado 11001032400020210068600, que ya fue admitida, contiene la mencionada solicitud de medida cautelar”, subrayó la corporación judicial.
La información sobre las 150 demandas se conoció por el Consejo de Estado al informar que había declarado la carencia actual de objeto en una demanda de acción de tutela que buscaba suspender provisionalmente el primer mandato por medio del cual el Gobierno impuso como requisito de ingreso a eventos de asistencia masiva de personas la presentación del carné de vacunación contra la covid-19.
Se trata del Decreto 1408 de 2021, que imponía a los ciudadanos prohibición de ingreso a bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, instalaciones deportivas, entre otros, si no acreditaban haber recibido al menos la primera dosis de la vacuna, esto como medida transitoria mientras la jurisdicción de lo contencioso administrativo emitía un veredicto en torno a la validez normativa de ese acto.
Sobre este episodio señaló la corporación judicial que la parte demandante sostuvo que, “desde la expedición del Código de Nüremberg (Alemania) de 1947, ningún procedimiento médico, tratamiento o vacuna puede ser aplicado sin el consentimiento del paciente. Sin embargo, dice, las autoridades nacionales están coaccionando a los habitantes que, por motivación médica, conciencia o culto han decidido no vacunarse contra la covid-19″.
Asimismo, que “la medida también resulta arbitraria, dado que la intervención no evita el contagio, sino que solo disminuye la gravedad de los síntomas del virus y su impacto negativo en la salud”, y que por estas y otras razones expresadas por el demandante se estaban desconociendo sus derechos fundamentales a la libre locomoción, la libertad de reunión, de conciencia, al trabajo, al libre desarrollo de la personalidad, a la igualdad, a la dignidad humana y al derecho a una vida digna.
Tras los argumentos señalados en la demanda, el Consejo de Estado estableció que la norma que genera la supuesta vulneración de derechos fue derogada expresamente por el artículo 5º del Decreto 1615 del 30 de noviembre de 2021. “Esto significa que existe carencia actual de objeto, por supresión del acto administrativo que la parte actora acusa de violatorio de sus derechos fundamentales”, indicó el Consejo de Estado.
Añadió además que “si bien el decreto objeto del litigo ya no está en vigencia, produjo efectos jurídicos, lo que implica que el juez ordinario a quien corresponda determinar su legalidad, y no el juez constitucional, podrá adoptar las medidas cautelares que considere pertinentes”.
El Consejo de Estado indica también que si bien el Decreto 1615 de 30 de 2021 obliga a presentar el carné de vacunación para poder ingresar a los escenarios señalados, la sala no puede pronunciarse sobre su validez o las presuntas violaciones a derechos fundamentales que se desprendan de su aplicación, por ser un acto administrativo distinto al que aquí se solicitó examinar.
Es de recordar que la presentación del carné de vacunación contra el coronavirus se adoptó por el Gobierno como una medida para frenar los contagios de la enfermedad y evitar su propagación en sitios públicos.