El 30 de julio, el Consejo de Estado rechazó la demanda presentada por la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi) contra las resoluciones 2364 y 2366 del Ministerio de Salud, que obligan a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) a destinar el 5 % de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para la creación de equipos básicos de salud.
A través de estas resoluciones, emitidas el 29 de diciembre de 2023, se establece el valor de la UPC para 2024 y se definen nuevas obligaciones para las EPS, que deben utilizar una parte de estos fondos para financiar equipos básicos compuestos por profesionales y auxiliares de salud que prestarán servicios en las áreas más remotas del país.
La demanda de Acemi argumentaba que estas resoluciones imponían una carga financiera adicional en un momento ya crítico para el sector, exacerbado por las deudas acumuladas tras la pandemia de covid-19. Además, Acemi alegaba que las resoluciones no habían sido publicadas correctamente en el sitio web del Ministerio de Salud, lo que, según la asociación, invalidaba su aplicación.
“(...) Los actos acusados fueron expedidos en forma irregular al no ser publicados en la página web del Ministerio de Salud y Protección Social”, dijo Ana María Vesga, presidenta de Acemi, ante el Consejo de Estado.
A pesar de estas objeciones, el Consejo de Estado negó la solicitud de Acemi para suspender la aplicación de las resoluciones. Sin embargo, la asociación ha decidido presentar un recurso de reposición contra la decisión del Consejo de Estado, argumentando que aún persisten irregularidades en el proceso.
La Corte Constitucional había emitido anteriormente medidas cautelares para suspender la aplicación de las normas hasta la resolución del Consejo de Estado. Con la reciente decisión del tribunal, las EPS deberán comenzar a cumplir con la disposición de destinar el 5 % de la UPC a los equipos básicos de salud, de acuerdo con la normativa vigente.
Sobre la determinación del alto tribunal, Acemi aseguró que “no revoca la decisión de la Corte Constitucional adoptada mediante Auto 875 de 2024, de inaplicar el artículo de la Resolución 2364 de 2023 que ordenaba el descuento del 5 % de la UPC hasta tanto el Consejo de Estado o emita una decisión definitiva frente a los procesos en curso”.
Además, Acemi ha enfatizado que el fallo del Consejo de Estado no afecta la medida cautelar previamente adoptada por la Corte Constitucional. Asimismo, la asociación continúa con otros procesos de nulidad en un intento por cuestionar la normativa establecida. El recurso de reposición presentado ante el Consejo de Estado busca una revisión de la decisión para resolver las preocupaciones planteadas por la entidad.