La Administración Distrital del alcalde Carlos Fernando Galán, a través del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) tomó la decisión de no continuar con la construcción del Cable Aéreo de Monserrate debido a la poca factibilidad que tendría con la normativa patrimonial en Bogotá.
Este cable aéreo de Reencuentro - Monserrate, había sido definido por la administración de la exalcaldesa Claudia López. Lo planificado era que saliera de la calle 26 con Avenida Caracas, y terminará al lado del teatro al aire libre de la Media Torta, e igualmente iba a tener otro brazo por la Calle 2ª.
“El tramo norte sale de la estación de la 26 con Caracas, va a tener 3 estaciones sobre el parque de la Independencia en la carrera Séptima, luego arriba donde hoy es la taquilla de Monserrate y termina al lado de la media torta en el parque Pueblo Viejo. El otro tramo sale de la segunda con Caracas y sube para renovar la parte de San Bernardo, Las Cruces, El Dorado, El Consuelo, los Laches y tiene una estación en la segunda con Caracas, otra en Las cruces, otra en la parte alta del Consuelo y termina en Egipto”, explicó Claudia López en su momento.
Sin embargo, ahora el IDU decidió frenar el proyecto al concluir que no es factible porque no cumple con la normatividad patrimonial vigente.
Según lo explicó el IDU, el predio Casa Museo Quinta de Bolívar presentaría una afectación patrimonial con la construcción del cable y no sería posible realizar ninguna modificación sobre el diseño del mismo.
De otro lado, y atendiendo reclamos de la comunidad que se ha manifestado en varias ocasiones en contra del proyecto, este no se encuentra priorizado dentro del Plan Distrital de Desarrollo Bogotá Camina Segura, que sí contempla dejar en operación el cable aéreo de San Cristóbal; dejar en construcción el cable aéreo de Potosí y los estudios y diseños fase I del cable La Calera –San Rafael.
Frente al proyecto del Cable Aéreo de Monserrate, el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) realizó la etapa de pre factibilidad. Luego, procedió a estructurar los procesos de contratación de los estudios de factibilidad, en el último trimestre del 2022. Como resultado de estos procesos, el 29 de diciembre de 2022 se suscribieron los contratos IDU-1735-2022 e IDU-1727-2022.
Sobre los contratos de la etapa de factibilidad, es importante señalar que la decisión de avanzar o no a la siguiente fase del proyecto la efectúa el IDU como resultado de la revisión minuciosa de los productos entregados por el consultor y aprobados por el interventor.
A partir de la revisión de los informes finales del proyecto, se generaron observaciones por parte de la entidad, en una mesa de trabajo con el interventor y el consultor realizada el 11 de marzo de 2024, para que se precisen las conclusiones, el concepto de factibilidad en cada caso y las recomendaciones para las etapas posteriores.
Los informes consolidados del contrato fueron radicados nuevamente por el consultor, ajustando todas las observaciones, el pasado 9 de abril. Actualmente, se encuentran en revisión de la interventoría para remisión y recibo final por parte del IDU. Una vez se analice, se realizará el pronunciamiento formal por parte de la entidad sobre el resultado de la etapa.
Es importante indicar que estas acciones son implementadas desde el ámbito de competencia directa del IDU como estructurador de proyectos de transporte y movilidad sostenible; sin embargo, efectuadas las modificaciones mencionadas, el componente patrimonial determinó los impactos del proyecto modificado, en relación con la reglamentación establecida en los Planes Especiales de Manejo y Protección (PEMP) del área de influencia, conceptuando sobre la factibilidad de la implementación de cada trazado de forma independiente y estableciendo las recomendaciones para el desarrollo de las fases posteriores en los casos que aplique.
Así mismo, la consultoría de la etapa de factibilidad realizó esfuerzos en la mitigación de los impactos asociados a la gestión del suelo, con intervenciones más reducidas o planteando equipamientos comunitarios en las áreas con potencial de adquisición, logrando reducir la cantidad de predios a adquirir para el desarrollo del proyecto; sin embargo, la implementación del proyecto requerirá de la articulación interinstitucional con aquellos sectores competentes para la formulación de programas de vivienda al interior de la ciudad que permitan la reubicación efectiva de los habitantes desplazados con la construcción de la infraestructura requerida para la operación del cable.
Como resultado de la evaluación del componente patrimonial, se obtuvo que el cable Norte no es factible de implantación con la normativa patrimonial vigente (PEMP-CHB), con lo que la implantación del proyecto requeriría, obligatoriamente, la modificación del instrumento actual.
En tal sentido, la entidad ha decidido abstenerse de continuar con la fase de estudios y diseños definitivos para este trazado de forma temporal, mientras se obtiene un concepto de viabilidad por parte del Concejo Nacional de Patrimonio y se evalúa la posibilidad de efectuar la modificación requerida a este instrumento, en concordancia con lo establecido por el IDPC.