En un reciente fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación sancionó al exgobernador de Córdoba, Alejandro Lyons Muskus, con destitución e inhabilidad por 10 años, debido a su omisión en el control y vigilancia de actividades contractuales delegadas durante su mandato. Esta negligencia resultó en un pago de $ 7.886.574.000 sin la celebración de acuerdos de voluntades con diversas Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) para un paquete integral de neurorrehabilitación, de acuerdo con el Ministerio Público.
La decisión disciplinaria también afecta a los exsecretarios de Desarrollo de Salud del departamento, Alexis José Gaines Acuña y Alfredo José Aruachán, quienes enfrentan destitución e inhabilidad general por 9 años. Edwin de Jesús Preciado, por su parte, fue sancionado con destitución e inhabilidad por 8 años.
La Procuraduría concluyó que durante su periodo como gobernador, Lyons Muskus falló en supervisar las facultades delegadas a los secretarios de Salud, lo que provocó el pago antes mencionado por servicios de terapias de neurodesarrollo a personas de bajos recursos no cubiertos por el Plan Obligatorio de Salud (POS). Este pago se realizó sin establecer acuerdos de voluntades con las IPS Crecer y Sonreír S.A.S., Semillas de Amor S.A.S. y Girasoles S.A.S.
En relación con los exsecretarios de Salud que ejercieron durante los años 2014 y 2015, la entidad de control reveló que Gaines Acuña emitió dos resoluciones en 2014 que ordenaron el pago de $ 1.193.930.000 por servicios de rehabilitación en salud a las IPS Girasoles y Crecer y Sonreír, sin tener acuerdos previos entre la gobernación y los prestadores de salud.
En una línea similar, Aruachán Narváez, mediante diez actos administrativos en 2014, dispuso pagos por aproximadamente $ 6.064.044.000 a las tres instituciones prestadoras de servicios de salud mencionadas, sin que existiera un proceso contractual formal.
La responsabilidad disciplinaria de Preciado Lorduy fue confirmada, ya que en 2015 ordenó el pago de $ 628.600.000 a la IPS Girasoles, omitiendo los procedimientos legales necesarios para la realización de acuerdos de voluntades.
Por su parte, la Procuradora Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 2 determinó que los funcionarios públicos incumplieron el principio de economía y responsabilidad en la contratación y gasto, al utilizar el presupuesto departamental sin seguir la legislación vigente en seguridad social en salud.
En consecuencia, la entidad calificó las faltas de los disciplinados como gravísimas, debido a su negligencia grave, y ha decidido remitir copias de la decisión a la Fiscalía General de la Nación, por ciertas actuaciones durante el proceso disciplinario que podrían requerir investigación.
Cabe resaltar que esta determinación puede ser apelada ante la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular de la entidad, lo que podría llevar a una revisión de la sanción impuesta.
Corte Suprema investigará incapacidades y aplazamientos de la defensa de Alejandro Lyons
La Corte Suprema de Justicia tenía previsto para el martes, 8 de agosto, llevar a cabo la audiencia de formulación de acusación contra los exgobernadores de Córdoba, Alejandro Lyons y Edwin Besaile, por el escándalo de corrupción conocido como el ‘cartel de la hemofilia’, en el que literalmente se inventaban los enfermos para apropiarse de los recursos que el sistema de salud entrega para atender a estos pacientes.
Sin embargo, una vez más tuvo que aplazarse la diligencia debido a que Álvaro José Lyons, abogado de Alejandro Lyons, alegó tener quebrantos de salud. La Corte llamó la atención sobre las reiteradas incapacidades médicas y aplazamientos del abogado a lo largo del proceso.
“Como puede apreciarse, esta es la tercera oportunidad en que el abogado Álvaro José Lyons solicita aplazamiento de la audiencia de formulación de acusación, aduciendo quebrantos de salud, lo cual implica alta preocupación para la Sala ante la coincidencia de las diversas patologías que se le presentan justo cuando se va a reanudar la audiencia de formulación de acusación”, le dijo la Corte al abogado en respuesta a la solicitud de aplazamiento.
La Corte señaló que es extraño que en otras ocasiones la defensa de Lyons manifieste no poder conectarse a las audiencias y tampoco delegue a un defensor suplente.
“Si bien que en toda actuación debe reinar el principio de buena fe, no deja de generar extrañeza para la Sala las varias solicitudes de aplazamiento elevadas por el defensor Lyons Muskus y que, pese a la facilidad que ofrece adelantar la audiencia de manera virtual, le impida conectarse remotamente y ni siquiera designe un defensor suplente para sortear las eventualidades de su salud”, dijo la Corte.
En consecuencia, aunque la Corte accedió a aplazar la audiencia de este martes, pidió que se investiguen las incapacidades médicas que han sido presentadas por el abogado.
“Se requerirá a la profesional de la salud que atendió al señor defensor, para que, mediante escrito, explique pormenorizadamente acerca del diagnóstico otorgado, las razones científicas o médicas para el otorgamiento de la incapacidad”, ordenó la Corte.
Además, la Corte ordenó que Medicina Legal certifique el estado de salud del abogado Lyons y se analizara también su historia clínica.
“Obtenido lo anterior, se oficiará al Instituto Nacional de Medicina Legal para que se designe Médico Forense para que en el menor tiempo posible realice una valoración al profesional del Derecho Alvaro José Lyons Villalaba, lo mismo que analizará su historial clínico para que emita concepto acerca del diagnóstico de la profesional de la salud que lo atendió, si la misma amerita o no incapacidad e informe i) si la patología se presentó, y así como ii) si ameritaba o no incapacidad laboral y por cuánto tiempo”, se lee en la decisión del alto tribunal.