Un breve párrafo en el auto de la Corte Suprema contra Álvaro Uribe trae una auténtica sorpresa política. Por el desarrollo que han tenido los hechos en los últimos días, se puede advertir que ese aparte, en la práctica, sería una resurrección: allí se indicaría que el líder del Centro Democrático, aun castigado con detención domiciliaria, podría continuar ejerciendo como senador de la República. El párrafo que daría el soplo de vida política es este: “Por lo argumentado, la Sala sustituirá la detención preventiva por la detención domiciliaria, de manera que el senador Uribe Vélez cumplirá la privación de la libertad en el lugar que señale para dicho efecto. Ello, sin que resulte necesario solicitar de forma previa la suspensión en el ejercicio del cargo, por cuanto en el inciso final del artículo 359 de la Ley 600 de 2000, se prevé la posibilidad de prescindirse de esta formalidad, pues no se advierte entorpecimiento de la buena marcha de la administración”.Terremoto político: la portada de SEMANA sobre el caso de Álvaro Uribe

El expresidente podría seguir participando de las sesiones virtuales en el Congreso. El punto clave del párrafo está en la segunda parte, donde la Corte señala que no es necesario solicitar la suspensión del cargo del senador Uribe, apoyada en el remate del artículo 359 de la Ley 600 de 2000. Esta norma, que es el marco legal con que se juzga a los aforados —como es el caso de Uribe—, señala, exactamente en el remate del artículo 359, que: “No es necesario solicitar la suspensión del cargo cuando, a juicio del funcionario judicial, la privación inmediata de la libertad no perturba la buena marcha de la administración”. La Corte, en la providencia de resolución de situación jurídica señala expresamente ese renglón. La Corte estaría prescindiendo de suspender en el cargo a Uribe. O al menos es así en este momento procesal.  

La discusión es de gran impacto político, en concreto para el Centro Democrático, pues todo mundo daba por sentado que con la detención de Uribe el partido se quedaba huérfano de liderazgo en el Congreso. Una lectura más minuciosa de la decisión de la Corte Suprema de Justicia indica que de momento el punto no está decantado. Por cuenta de la pandemia, Uribe y todos los demás senadores del país están legislando desde casa a través de plataformas tecnológicas. Esa circunstancia resultaría, entonces, inalterada con la medida de detención domiciliaria contra el expresidente. Pero las cosas podrían cambiar una vez se retome la normalidad y los senadores deban regresar al Capitolio para trabajar presencialmente. Aún no es claro cuándo ocurrirá esto, pero solo hasta ese momento sería materialmente imposible que el senador cumpla con su deber, pues la Justicia le tiene prohibido salir de su domicilio. Otra interpretación apunta a que la suspensión de Uribe sí procede y se dará en las semanas que vienen. Esta lectura indica que al momento de resolver situación jurídica, que es el paso procesal que se acaba de agotar, no es necesario que la Corte solicite la suspención de Uribe en virtud de que su cesación como senador no paralizaría el órgano, situación que sí se da, por ejemplo, cuando se trata de un gobernador. En estos casos se requiere que el operador judicial (la Corte), antes de ordenar la medida de aseguramiento, notifique para que la administración departamental no se obstaculice.En definitiva, lo que ocurra respecto a la suspensión o no de Uribe como senador solo se sabrá una vez la medida quede en firme. Esto es cuando la Corte resuelva el recurso de reposición que la defensa del expresidente presentará en un par de días contra la medida de aseguramiento. Cuando eso ocurra el alto tribunal le dará traslado a las partes no recurrentes y estos tendrán dos días para fijar su posición. Una vez se agote dicho trámite, con todas las cartas sobre la mesa, los magistrados tendrán diez días para resolver el recurso. Solo cuando eso ocurra la decisión quedará en firme y sería ahí cuando la Corte solicitaría oficialmente a la mesa del Senado la suspención del senador Uribe, si es que así lo considera.