El pasado lunes los uribistas parecieron desafiar al Consejo Nacional Electoral al inscribir como logosímbolo del Uribe Centro Democrático una imagen del expresidente Álvaro Uribe Vélez. La autoridad electoral, en un reciente concepto solicitado por el registrador nacional, Carlos Ariel Sánchez, prohibió a los partidos políticos y a los grupos significativos de ciudadanos utilizar como identificación en el tarjetón la foto o el nombre de alguno de sus candidatos a cargos de elección popular. El expresidente Uribe es el primer renglón de la lista de candidatos de su movimiento al Senado de la República. Aunque el concepto de la autoridad electoral no es de obligatorio cumplimiento por parte de la Registraduría, un fallo de tutela del Tribunal Administrativo de Cundinamarca conocido por Semana.com le dio connotaciones de ley a dicho concepto. La sentencia, proferida por la magistrada Sandra Lisset Ibarra, es la primera decisión judicial que ratifica la prohibición del uso de nombres propios o fotos de candidatos en el tarjetón para las elecciones de Congreso del año próximo. Esto sin duda afectará las intenciones de los uribistas, que pretenden que su movimiento esté identificado con el apellido y la imagen del exmandatario. La tutela fue presentada por el ciudadano Jorge Eduardo Durán Galindo, quien le pidió el aval al Partido Liberal para ser candidato al Senado, y quien reclamó del Tribunal Administrativo de Cundinamarca la garantía de sus derechos a la igualdad, al debido proceso, y a elegir y ser elegido. Durán entuteló a la Registraduría y al CNE en caso de que la autoridad electoral aceptara el uso de la foto y el nombre de Uribe como logo del Centro Democrático. Sin embargo, el Tribunal rechazó sus pretensiones con el argumento que el CNE ya había proferido un concepto en el que garantizaba la protección de los derechos reclamados por el accionante. Pero lo particular de la decisión es que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca acogió el concepto del CNE como un hecho juzgado: “… la sala puede concluir que la autoridad administrativa (CNE) ya ha considerado la situación planteada por el accionante y se ha pronunciado sobre ello en términos favorables a la misma, configurándose así un hecho superado”. Y en la misma decisión, el Tribunal de Cundinamarca se refirió a uno de los argumentos esgrimidos por los uribistas para permitir que la foto de su jefe natural apareciera como logo del movimiento en el tarjetón. Una sentencia judicial que le permitió al grupo significativo de ciudadanos, ‘Por el país que soñamos’, identificarse con la foto de Enrique Peñalosa, quien encabezaba la lista de candidatos al Senado de ese movimiento para los comicios del 2010. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca consideró que los fundamentos que en su momento le permitieron a Peñalosa utilizar su fotografía como logosímbolo de su movimiento “han decaído” conforme a la reforma política del 2009, y carecen de efectos de cara a las presentes elecciones. Este fallo de tutela, proferido el pasado 15 de noviembre, se constituye en un argumento jurídico para prohibir el uso de fotografías y nombres propios como símbolos políticos en el tarjetón. Además se podría constituir en un argumento para que la Registraduría, a la hora de avalar los logosímbolos de los movimientos, prohíba que la imagen del expresidente Álvaro Uribe aparezca en el tarjetón. En el Centro Democrático consideran que el logo del movimiento no es una fotografía sino un dibujo o imagen trabajada, por lo que no tendrían impedimento de utilizarlo. Y que la ley prohíbe el uso de símbolos patrios pero no se refiere lo que no impediría el uso del apellido del expresidente. El logo del Uribe Centro Democrático sigue siendo objeto de polémica a menos de cuatro meses de las elecciones. La decisión de si Uribe es el único candidato que aparece con su imagen en el tarjetón en las elecciones del Congreso está en manos del registrador Carlos Ariel Sánchez, que además del concepto del CNE que recomienda impedirlo, ahora tiene un fallo judicial que mantiene dicha prohibición.