La creciente y sostenida migración de venezolanos a Colombia ha llevado al Gobierno nacional a adoptar una serie de medidas en materia migratoria para esta población. Sin embargo, estas no han sido suficientes y cada vez hay más ciudadanos del vecino país en situación irregular. Muchos de ellos están de paso, pues tienen como destino otro país, pero otros están solicitando asilo y obtenerlo cada vez se ha vuelto más demorado.

Cifras de la Cancillería indican que entre 2017 y agosto de este año se han registrado 68.500 peticiones de asilo. De ellas, se registraron casi 13.000, solo en 2023, lo que implica un incremento de 25 veces frente a lo reportado en 2017.

En la actualidad, el Ministerio de Relaciones Exteriores recibe aproximadamente 1.200 solicitudes cada mes, y el tiempo promedio para ofrecer una respuesta es de tres años. Para hacer frente a esta situación, la Cancillería planea un decreto para modificar los requisitos con los que otorga un asilo, con cambios que entrarán en efecto el 1.° de julio de 2025.

Mientras se llega a este punto, la Cancillería sacó la Resolución 12509 del 4 de diciembre de este año, en la que crea una categoría de visa de visitante: “V-Visitante Especial”. Esta nueva visa va a tener una vigencia de dos años, se va a otorgar por una sola vez, lo que implica que después de ella se debería buscar otra visa u otra regularidad migratoria. Además, solo aplicará para el migrante venezolano que haya ingresado a Colombia hasta el 3 de diciembre de 2024.

Centros Facilitadores de Servicios Migratorios en donde se atiende a los venezolanos en el país. | Foto: MIGRACIÓN COLOMBIA

Desde 2017, el Gobierno ha intentado con varios mecanismos para regular la situación migratoria de los venezolanos. Primero fue el Permiso Especial de Permanencia (PEP), luego el Permiso Especial Complementario de Permanencia (PECP) expedido en 2019 y posteriormente el Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización (PEPFF) creado en 2020.

Después, con el cese de relaciones diplomáticas y consulares con Venezuela y, como medida temporal, fue necesario crear un mecanismo jurídico de protección temporal, para lo cual se adoptó el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV) compuesto por el Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV) y el Permiso por Protección Temporal (PPT), el cual fue implementado por Migración Colombia desde 2021.

Pese a todos los mecanismos de regularización migratoria implementados, aún existe una gran población venezolana con permanencia irregular en el país, por lo cual se buscó generar un nuevo proceso de normalización, mediante la visa de visitantes especial, la cual les posibilitará el acceso tanto a la oferta institucional del Estado, como a una oferta laboral o educativa formal en la que puedan cotizar a la seguridad social y, en general, vincularse positivamente a la sociedad en calidad de cotizantes y contribuyentes.

La visa de visitante especial se suma a la de migrante y la de residente permanente, y a ella podrían aplicar quienes llegan al país por tránsito aeroportuario, turismo, negocios, estudio, tratamiento médico, trámites administrativos y/o judiciales, tripulantes, trabajadores agrícolas de temporada, asistentes a eventos, voluntarios religioso o cooperantes, producciones cinematográficas o documentales de gran formato, nómadas digitales, cubrimientos periodísticos, corresponsales permanentes, asistencia técnica, oficiales no acreditados, vacaciones, práctica laboral, prestador de servicios-obra o labor o rentista.

A diario son centenares los venezolanos y sus familias que cruzan la frontera para no solo comprar alimentos en Colombia, sino para tramitar su residencia. Muchos no retornan a su país y se quedan ilegalmente en Colombia. | Foto: La Opinion COLPRENSA ©

La nueva visa de visitante especial concede permiso abierto de trabajo para ejercer cualquier actividad lícita por cuenta propia o mediante vinculación laboral o de prestación de servicios, así como también permite acceder a la oferta educativa, siempre y cuando se cumpla con la normatividad aplicable en la materia.

En lo que respecta al ejercicio de profesiones reguladas, se deberá aportar el permiso temporal del respectivo Consejo Profesional colombiano o acto administrativo de convalidación del título profesional ante la autoridad competente, el título profesional y la tarjeta profesional deberán estar debidamente apostillados.

La visa de visitante especial no aplica para los venezolanos que estén privados de la libertad, tengan orden de deportación o expulsión, presenten antecedentes judiciales, ni para los que ostenten otra nacionalidad.