En un documento de cuatro páginas, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, vicepresidente de la Corte Constitucional, explicó por qué se opuso a que el Ministerio de la Igualdad siguiera vigente durante dos periodos legislativos, tiempo para que el Gobierno y el Congreso puedan subsanar los errores que terminaron en vicios de trámite para crear el nuevo gabinete liderado por Francia Márquez.

En el texto conocido por SEMANA, explican que el magistrado Ibáñez salvó su voto “respecto de la decisión de diferir los efectos de la decisión de inexequibilidad al término de dos legislaturas, debido a que, por los graves vicios en el trámite, particularmente, la adopción de un acto de naturaleza legislativa sin el quorum decisorio en los términos expuestos, se estaría ante el supuesto contemplado en el artículo 149 de la Constitución”.

Francia Márquez. | Foto: Captura en pantalla video Vicepresidencia

Ese artículo tiene como finalidad proteger el principio democrático, en el sentido de que el trámite en el Congreso carece de validez si incumplen con las reglas para el trámite de los proyectos de ley establecidos en la Constitución y en la ley orgánica.

Con ese argumento, el vicepresidente de la Corte Constitucional consideró que la actuación para crear el polémico Ministerio de la Igualdad carecía de validez y no tenía ningún efecto, por lo que el alto tribunal debió retrotraer los efectos de la inexequibilidad de la norma que permitió la creación de ese ministerio. Eso quiere decir, desde el momento en que se presentaron los vicios en ese trámite.

Es importante recordar que el Ministerio de la Igualdad se cayó en la Corte Constitucional porque durante su creación en el Congreso no hubo informe de impacto fiscal, que determinara el gasto o la disminución tributaria sobre el costo de esa nueva cartera. Así mismo, tampoco se aprobó la ponencia en primer debate.

Francia Márquez, vicepresidenta. | Foto: Presidencia

Para el magistrado Ibáñez, la Corte tenía una obligación constituciones de retroceder los efectos de esa ley a ese punto y no dejarla con el plazo de dos años para que siga funcionando, mientras el Gobierno y el Congreso solucionen los errores para presentar y tramitar una nueva iniciativa.

En el salvamento de Ibáñez se cita que declarar inexequible el Ministerio de la Igualdad con efectos inmediatos “no conlleva la desarticulación institucional ni afecta la garantía y efectividad de los principios y derechos a la igualdad y la equidad, por cuanto las funciones que le fueron atribuidas al Ministerio creado podían retornar a las autoridades que antes las cumplían y los órganos que integran el sector cuya cabeza es ese Ministerio, podían retornar a los sectores donde antes de la Ley 2281 de 2023 estaban ubicados sin solución de continuidad”.

Corte Constitucional | Foto: Corte Constitucional

Senadores como Paloma Valencia también cuestionaron que el MinIgualdad funcione hasta 2026: “Es una decisión, en mi opinión, muy extraña, porque cómo uno puede decir que es inconstitucional y al mismo tiempo que puede subsistir no un par de meses, sino dos años, me parece que es una decisión muy extraña”.

Por su parte, la vicepresidenta y ministra de la Igualdad, Francia Márquez, aseguró: “No voy a discutir aquí sobre el fondo, porque todavía no hay una sentencia de fondo que nos permita revisar. Con esto, de alguna manera, para darles tranquilidad a los colombianos y colombianas, es decir, que el Ministerio de la Igualdad y la Equidad va a seguir trabajando durante nuestro gobierno por resolver las inequidades y las desigualdades que viven la mayoría de los colombianos y colombianas”.

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