La Corte Suprema de Justicia absolvió al expresidente de la Corte Constitucional Rodrigo Escobar Gil en el proceso que se le adelantó por el denominado escándalo de Fidupetrol. En el fallo dado a concoer este viernes se determinó que no existen pruebas para inferir que el exmagistrado incurrió en el delito de tráfico de influencias.
De esta forma, se tumbó el fallo emitido por el Tribunal Superior de Bogotá que condenó a cuatro años de prisión al expresidente de la Corte Constitucional. Con la decisión de la Corte Suprema se le pone punto final a este proceso penal que inició en 2014 cuando Escobar Gil, ejerciendo como abogado, fue señalado de intentar ejercer presiones para que sus excompañeros de la Corte Constitucional para que favorecieran a la empresa que estaba representando.
Para la Corte Suprema, en este caso sí cabe un reproche a la ética de Escobar Gil, pero no se puede hablar de una conducta penal. De esta forma, cuestionó constantemente las conclusiones a las que llegó el Tribunal Superior de Bogotá, enfatizando en que malinterpretó el delito de tráfico de influencias.
“El haberse desempeñado como magistrado de la Corte Constitucional, mantener una relación de colegaje con el magistrado Mauricio González y actuar como apoderado de Fidupetrol, empresa con la cual pactó una prima de éxito por su gestión profesional, son circunstancias que le imprimen un tinte desagradable a la conducta y que pueden censurarse éticamente, pero no desde el derecho penal”, señala el fallo de 50 páginas.
En la reunión que se realizó en un exclusivo restaurante en el sector de La Castellana, en Bogotá, y que fue el punto de partida para la apertura de la investigación, la Corte Suprema concluyó que no se ejecutó un delito, pues solamente se hizo una manifestación al caso y nunca se realizó una solicitud a los magistrados Mauricio González Cuervo y Jorge Ignacio Pretelt frente a la tutela que ya se encontraba en la Corte Constitucional.
“El colegaje entre el magistrado Mauricio González Cuervo y el exmagistrado Rodrigo Escobar Gil no está en discusión; tampoco la intervención del magistrado Jorge Pretelt para concretar la reunión. Bajo esos supuestos, la experiencia indica que esas reuniones son frecuentes entre conocidos”, explicó la Sala Penal. “El abogado Rodrigo Escobar Gil no le hizo siquiera una sugerencia -fue un comentario-”.
En concreto, no se demostró que en el mencionado acuerdo -pese a lo dicho por el abogado Víctor Pacheco- el exmagistrado Escobar Gil hiciera mención alguna para favorecerlo en el caso, y solamente atinó a decir que él era el apoderado de la mencionada empresa sin hacer referencia a la tutela o lo que se quería en el litigio.
“La conducta del abogado y exmagistrado Rodrigo Escobar Gil tiene muy graves nexos con comportamientos delictivos admitidos y denunciados por el abogado Víctor Pacheco Restrepo”, precisó la Corte. Sin embargo, estos no entran en el delito de tráfico de influencias por los que fue investigado por parte de la Fiscalía General, ya que no ejerció presiones ante el magistrado Mauricio González Cuervo para que fallara favorablemente la tutela presentada con la que Fidupetrol buscaba tumbar una multa cercana a los 28 mil millones de pesos.
Por estos hechos de corrupción, recientemente fue capturado el también expresidente de la Corte Constitucional, Jorge Ignacio Pretelt Chaljub. En su caso se demostró que pidió 500 millones de pesos al abogado Víctor Pacheco para mover sus influencias dentro del alto tribunal y lograr que se seleccionara la tutela y se avalaran las pretensiones.
Por estos hechos fue sentenciado a seis años de prisión por el delito de concusión (exigencia de sobornos).