La defensa del expresidente Álvaro Uribe radicó una queja en contra de la juez que adelantaba la acusación en su contra por el delito de fraude procesal y soborno en actuación penal. La queja llegó al Tribunal Superior de Bogotá.
Dos magistrados de ese alto tribunal se declararon impedidos para conocer la actuación y la Corte Suprema de Justicia confirmó que existían las razones para ese impedimento. Sin embargo, el trámite continuó y ahora es el Tribunal de Bogotá el que acepta la queja del exmandatario.
“Declarar mal denegado el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Álvaro Uribe Vélez en contra de la parte de la decisión de 24 de mayo de 2024, que rechazó de plano la nulidad por afectación al principio de congruencia, conforme a lo expuesto en la parte motiva de este proveído”, señala la decisión del Tribunal de Bogotá.
La defensa del exmandatario aseguró que la juez que conoció la acusación presentada por la Fiscalía en contra de Álvaro Uribe resolvió en un tiempo récord la solicitud de nulidad que presentaron tras advertir serias irregularidades en el trámite que se adelantó en el ente acusador y, por tanto, era necesario arrancar de cero el proceso.
“En tal medida, al ser manifiesta la intención de la defensa de apelar la decisión mencionada en este numeral, el despacho judicial de conocimiento deberá habilitar el espacio procesal para que sustente la apelación, se corra traslado a los no recurrentes y, luego, se verifiquen los presupuestos procesales”, advierte la decisión que le da la razón a la defensa del expresidente.
En criterio de la defensa, era necesario que la juez abriera el espacio suficiente para que las partes argumentaran los recursos interpuestos, que para el caso del expresidente Álvaro Uribe, se encontraba en la apelación a la decisión que negó la solicitud de nulidad presentada por una supuesta violación al debido proceso. El Tribunal entendió que el recurso fue negado sin el trámite correspondiente.
“En tal medida, al ser manifiesta la intención de la defensa de recurrir la decisión en el recurso de alzada, el despacho judicial de conocimiento habilitará el espacio procesal que no se ha cumplido hasta ahora, para que sustente la apelación, se corra traslado a los no recurrentes y, luego, se verifiquen los presupuestos procesales”, señaló el Tribunal.
Los magistrados del Tribunal, que resolvieron la queja interpuesta por la defensa del expresidente Álvaro Uribe, advierten que la juez 44 de penal del circuito de Bogotá se equivocó al rechazar de plano la solicitud elevada por el exmandatario y por ende resulta válida la queja en contra de la servidora judicial.
“Siendo así, encuentra la sala que no acertó la a quo al rechazar de plano la solicitud, con la consecuente negativa del recurso de apelación, al tratarse de un aspecto sustancial que no se encuadraba en algún comportamiento proveniente del sujeto procesal que entorpeciera el trámite, en la medida que se agotaron las posibilidades para que la defensa propusiera a la contraparte, a través de la juez, las aclaraciones que estimaba pertinentes”, señalaron los magistrados.
Ahora, y tras la decisión, el proceso regresará a la juez que se encargó de rechazar la solicitud de nulidad de la defensa del expresidente Álvaro Uribe y antes de continuar con la acusación, tendrá que darle el espacio a la defensa del presidente para argumentar por qué se debe declarar la nulidad.