Carlos Mattos fue sentenciado a cuatro años de prisión en el proceso que se le adelantó por enviarle 100 millones de pesos a la jueza 16 civil de Bogotá, Ligia del Carmen Hernández, quien, luego de este soborno, dejó en firme las medidas cautelares que lo beneficiaron para seguir comercializando vehículos de la marca coreana Hyundai en Colombia.
En la decisión de segunda instancia, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá modificó la sentencia inicial que fijó la condena en contra de Mattos en cinco años y ocho meses de prisión. Esto, debido a que no se pueden contar dos envíos de dinero, sino que todo se trató de una entrega.
“Lo cierto es que la acción criminal fue una sola, como también fue una sola la funcionaria corrupta, por lo tanto, fue un desacierto acoger el concurso homogéneo de cohecho que planteó la Fiscalía General en la acusación”.
En el fallo sí se tuvo en cuenta la gravedad de los hechos en los que estuvo inmerso el entonces presidente de Hyundai Automotriz Colombia, al planear el envío del dinero como “agradecimiento” a la jueza que ratificó las medidas que ya había emitido el juez sexto civil, Reynaldo Huertas.
“Lo que se cuestiona y justifica una punibilidad más severa es que Mattos Barrero, precisamente por su elevada posición en la sociedad, atendida su condición de principal accionista de una reconocida empresa de comercialización de vehículos, debía observar un mayor grado de pulcritud en su actuar o, en otras palabras, una mayor observancia de las pautas que regulan el comportamiento en comunidad”, precisa el fallo.
Igualmente, se puso de presente el dolo con el que actuó el empresario quien tenía una posición reconocida en la sociedad. “Cuando una persona hace parte de las altas esferas de la sociedad, bien sea por su riqueza o por sus influyentes relaciones comerciales, como es el caso del acusado, se está ante sujetos que tienen mayor capacidad de reflexionar sobre el grave daño que se le produce a la sociedad cuando con dinero se compran funcionarios judiciales y/o decisiones que deben emitir los jueces”.
Mattos, quien se encuentra con detención domiciliaria, tendrá que pagar una multa de 65 millones de pesos, consistentes en el envío del dinero que le envío a la jueza que dejó en firme las medidas que lo beneficiaron para seguir comercializando sus vehículos; además tendrá una inhabilidad de 72 meses para ejercer cargos públicos.
En la lectura del fallo, el magistrado tuvo en cuenta que al tratarse de delitos contra la administración pública, el empresario no puede tener beneficios judiciales.
“En efecto, se evidencia que el acusado, haciendo uso de su posición económica y social, consideró que por ello le era viable entregarle dinero a un funcionario público en el marco de una actuación procesal en la que tenía interés”.
En ese momento, Mattos vio “la entrega de dádivas como una forma de agradecer la adopción de medidas que le permitieron continuar con la comercialización exclusiva de la marca coreana, desconociendo que la administración pública tiene unos principios básicos, entre otros los de moralidad, igualdad y gratuidad, optando por desatender los mismos con ocasión a la posibilidad de tener recursos económicos”.
“Un actuar como el que se le reprocha al procesado denota una intención a un intenso daño social, puesto (que) no solo desprestigia a la administración de justicia, sino que conduce a acrecentar la idea (de) que la misma beneficia a aquellos sujetos que tienen mejores posibilidades económicas, afectando así la expectativa de una justicia recta y eficaz”, se lee.
Pese a que la sentencia inicial era de siete años y ocho meses de prisión, el juez le rebajó al tener en cuenta la falta de antecedentes penales, la colaboración que ha tenido el empresario y el hecho de que aceptó su falta mediante un preacuerdo.
A primera hora de este martes 8 de agosto, el empresario recibió un no rotundo a la petición que buscaba que se anulara todo lo actuado hasta la fecha, en el proceso que se le adelanta por el denominado caso Hyundai.
El juez 11 de conocimiento de Bogotá rechazó las peticiones presentadas recientemente por la defensa del expresidente de Hyundai Colombia Automotriz, que reclamaba el incumplimiento del preacuerdo firmado con la Fiscalía General.
En su análisis jurídico, el juez determinó que a Mattos no se le vulneraron sus derechos al debido proceso cuando se aumentó la condena. Dicha condena en un principio se había fijado tras reconocer su participación en el envío de sobornos a una jueza, que dejó en firme las medidas cautelares que lo beneficiaron en el marco de la pelea jurídica que tenía para seguir comercializando vehículos de la Rama Judicial en Colombia.
En el último mes, Mattos ha reclamado que la Fiscalía lo engañó y utilizó para la firma del preacuerdo en el que aceptó los delitos y, además, se comprometió a indemnizar con un millón de dólares a la Rama Judicial por los daños causados.
Igualmente, aseguró que no fue bien asesorado por su entonces abogado cuando reconoció públicamente la aceptación de cargos, lo que conllevó a una condena de siete años de prisión.
Este proceso sufrió un revés cuando la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá revocó la condena, al considerar que no se había demostrado el incremento patrimonial por parte del empresario.
Mattos tiene pendiente otro proceso penal por haber puesto en marcha un estructurado plan para alterar el sistema de repartos en los juzgados civiles, con el fin de que su tutela llegara directamente al despacho del juez Reynaldo Huertas. Para esto, el empresario pagó sobornos a funcionarios y empleados de la Rama Judicial.