Por improcedente fue rechazada la tutela con la cual la patrullera Andrea Cortés Guarín buscaba tumbar el fallo que la destituyó e inhabilitó por doce años de la Policía Nacional. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en fallo de segunda instancia, confirmó el fallo emitido el pasado 10 de diciembre por el juzgado 38 administrativo de Bogotá que determinó que no aceptó la acción judicial.
Cortés Guarín, considerada la primera policía transexual en la historia del país, fue sancionada por la propia Institución por haber robado una crema facial de una droguería en el occidente de Bogotá. En un video de la cámara de seguridad quedó registrado el momento en el que la mujer, vistiendo el uniforme, paga unos productos en la caja y, atendiendo un descuido de la vendedora, mete en una bolsa una crema que estaba en el exhibidor.
Cuando estaba cerrando caja, la vendedora evidenció que había un “descuadre”, por lo que verificó los videos de las cámaras de seguridad. Ahí vio cómo la policía, que había atendido horas antes, se había robado la crema que ella le había ofrecido, puesto que estaba en promoción.
Por medio de su defensa, Cortés insistió en que su proceso se adelantó de manera arbitraria y que la destitución se dio en tiempo récord, como en ningún otro juicio disciplinario adelantado por la misma Policía, tanto que apenas tuvo tiempo de notificarse y usar los instrumentos jurídicos correspondientes para solucionar su problema.
Sin embargo, su lucha jurídica por tumbar esta sanción disciplinaria no han tenido buenos resultados. Pese a que ha manifestado que la “drástica” sanción se presentó por su orientación sexual, los jueces han determinado que no existen méritos para llegar a esta conclusión.
La sanción disciplinaria
El pasado 4 de octubre, la Dirección Interna de la Policía determinó que la patrullera incurrió en una falla de tipo disciplinario al no pagar una crema de contorno de ojos, avaluada en 141 mil pesos, de una droguería ubicada dentro de un centro comercial de Bogotá. La prueba reina en este proceso que duró menos de tres meses, fue el video de una cámara de seguridad que grabó a la patrullera pagando dos productos en la caja registradora.
En el fallo disciplinario se señala que en efecto la uniformada incurrió en una falta gravísima a título de dolo “por apropiarse de pertenencia de particular en beneficio propio”; en otras palabras, por robar un elemento para su uso exclusivo. En este sentido, se señaló que tanto la denuncia presentada por la vendedora como la grabación aportada no dan espacio a dudas. “No hay incongruencias entre lo dicho y lo visto en los videos”.
En el fallo se puso de presente que existía un antecedente judicial, situación por la cual se agravó la sanción disciplinaria. Fuentes cercanas a la Policía indicaron que en la hoja de vida la patrullera Cortés existía un llamado de atención por incumplir la orden que le dio un superior jerárquico.
La defensa de la patrullera aseguró que el proceso disciplinario fue parte de una persecución por la orientación sexual de su cliente, advirtiendo que buscaría la forma de reversar el fallo. Sin embargo, al considerar que no contaba con las garantías procesales en la Policía, no presentó el respectivo recurso de apelación para que se resolviera en segunda instancia, sino que prefirió buscar otros escenarios judiciales. Debido a esto optó por la acción de tutela para que se le garanticen sus derechos procesales.
La patrullera ha advertido que este proceso disciplinario la afectó gravemente, puesto que fue señalada como una ladrona pese a que nunca tuvo la intención de robarse la crema facial. Esto le ha generado un cuadro de depresión y ansiedad que ha venido tratando con un especialista. Para ella, en efecto, todo se ha tratado de una recriminación de sus superiores por su orientación sexual.