Nicolás Petro, hijo del presidente de la República Gustavo Petro, en su afán por iniciar una batalla jurídica con la Fiscalía, insistió ante los jueces por una información que está sometida a reserva y tiene que ver con las audiencias y todo lo relacionado con su captura.
A través de una tutela, pidió que los documentos, audios y el material probatorio le fueran entregados para construir una estrategia de defensa.
El Tribunal Superior de Bogotá negó las pretensiones del hijo del presidente de la República, tras advertir que la información que está solicitando el imputado se hizo ante otras autoridades y, por tanto, resultan improcedentes las pretensiones de la defensa.
“Al respecto, no se observa que Petro Burgos o su defensor hubiesen solicitado al Centro de Servicios expedir copia de las actas y los registros de audio y video de las audiencias, de formulación de imputación y de solicitud de medida de aseguramiento adelantadas en contra del accionante”, señala el fallo que declara improcedente la tutela.
El Tribunal de Bogotá, sin embargo, le concede algunos puntos al hijo del presidente, principalmente lo relacionado con la información que solicitó al Centro de Servicio Judiciales de la capital, respecto de la información, las actas, registros de audio y video de las audiencias de legalización de allanamiento y captura adelantadas en su contra el 29 de julio de 2023.
“Se dispone ordenar al Centro de Servicios que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir del momento de notificación de esta decisión, si aún no lo ha hecho, se pronuncie de una manera clara, congruente y de fondo a lo solicitado por el apoderado del señor Nicolás Petro Burgos, el 26 de octubre de 2023″, señaló el Tribunal de Bogotá.
La defensa de Nicolás Petro incluso solicitó una audiencia de “autorización previa de búsqueda selectiva en bases de datos”, con el fin de levantar la reserva legal y se ordenará al Centro de Servicios la entrega de la documentación y registros, que previamente solicitaron a los juzgados, pero los jueces de control de garantías les negaron esas pretensiones.
“Tampoco se acreditó infracción frente a la pretensión de ordenar a esa dependencia accionada la entrega de las grabaciones faltantes de las audiencias, de formulación de imputación y solicitud de medida de aseguramiento, conforme a lo expuesto en esta decisión”, señala la decisión del Tribunal.
En el mismo fallo, los magistrados advierten que la tutela resulta improcedente, respecto de la entrega de información, pues, en criterio del Tribunal, la solicitud que eleva el hijo del presidente fue realizada a otra autoridad y es prudente esperar la respuesta antes de acudir a la acción de tutela como mecanismo de exigencia.
“Declarar improcedente la presente demanda de tutela, únicamente, en lo relacionado con la pretensión de ordenar la entrega de unos documentos reservados, pues sobre el mismo punto ya existe solicitud y trámite ante otra autoridad, de acuerdo con lo desarrollado en esta decisión”, explicó el Tribunal.
Para el Tribunal es claro que las solicitudes hechas por la defensa de Nicolás Petro fueron resueltas tanto por la Fiscalía como por el Centro de Servicios Judiciales, el asunto de estar a gusto con esas respuestas no es hecho debatible a través de la acción de tutela, sobre todo cuando hay un trámite pendiente ante otras autoridades.