Este jueves se reanudó la audiencia virtual, donde la jueza 30 con función de control de garantías escucha a las partes del proceso en contra del expresidente Álvaro Uribe Vélez, por supuesta manipulación de testigos. No obstante, será el próximo sábado el día en que la togada emita una decisión respecto a si mantiene, modifica o deja en libertad al exmandatario de los colombianos, quien cumple con la medida de aseguramiento en su finca El Ubérrimo, en Córdoba.

Sin embargo, en medio de la audiencia virtual que había transcurrido en buen ambiente, algo rompió la tranquilidad. Todo debido al llamado de atención de la jueza 30 al exfiscal general Eduardo Montealegre y al exvicefiscal Jorge Perdomo, quienes buscaban que se suspendiera la diligencia judicial, argumentando que necesitaban conocer la indagación en contra de Uribe ocurrida el 8 de octubre de 2019 ante la Corte Suprema de Justicia, señalando que apenas hoy la Fiscalía dio traslado de la misma y que esa diligencia tiene una extensión de siete horas.

Montealegre y Perdomo dijeron que necesitaban suficiente tiempo para estudiar la indagatoria y poder referirse a la misma en su intervención, ya que ellos entendían que el fiscal del caso, Gabriel Jaimes, había dado a entender que esa indagatoria presentaba graves deficiencias que podrían conducir a su nulidad. Este fue uno de los argumentos con los que Jaimes solicitó a la jueza la libertad de Álvaro Uribe, según el entender de Montealegre y Perdomo.

La jueza les manifestó que no consideraba necesario que se suspendiera la audiencia y habló de una posible “tergiversación”. “No es necesario realizar la suspensión de una audiencia de cara a la cual hay un objeto precisamente establecido, frente al cual no existen dudas de su propósito, su finalizada, su justificación teológica, que es perseguir el restablecimiento del derecho fundamental a la libertad, afectado en cabeza del doctor Álvaro Uribe Vélez”, argumentó la jueza.

Por lo tanto, les recalcó a ambos exfuncionarios que era deber de ella como funcionaria judicial, amparada en el artículo 139 del Código de Procedimiento Penal, “dictar realización de maniobras dilatorias”.

“Si ustedes los precisan, doctores Montealegre y Perdomo, esos podrán ser insumos suficientes y aptos para que puedan ustedes rebatir la afirmaciones, rebatir los argumentos de la Fiscalía, pero no para generar un debate absolutamente diferente que solo entraña una tergiversación de esa argumentación presentada por parte del señor fiscal”, siguió diciendo la jueza 30.

Además, la togada les manifestó que no era preciso permitir postergaciones que fueran en contra de la celeridad y la concentración de las audiencias preliminares, máxime cuando se estaba discutiendo el restablecimiento o no del derecho tan fundamental como es el de la libertad de una persona, en este caso la del expresidente Uribe.

“Entiendo que aquí se ha solicitado un término prudencial para dar valor y alcance a un elemento material probatorio, cual sería el contenido de la diligencia de indagatoria vertida ante la Sala de Instrucción por parte del doctor Álvaro Uribe Vélez (...) No obstante, tal y como precisó la representante del Ministerio Público, entendería que ese traslado está orientado justamente a cuestionar una solicitud que no existe, que sería de nulidad”, agregó.

Por su parte, el abogado Jaime Granados, defensor del expresidente Uribe, también dijo que si Montealegre y Perdomo “hubieran tenido tanta preocupación” de conocer dicha indagatoria de Uribe, tuvieron casi un año para “haberla conocido”.

“Hubo la oportunidad procesal adecuada en dos procesos distintos. Bajo la Ley 600 y bajo esta Ley 906. Y hace 21 días se hizo esta primera audiencia y nada de eso salió a relucir. En ese sentido espero que se tenga en cuenta esta constancia para evitar que se desvíe la atención de la administración de justicia y de alguna manera se pueda afectar el derecho que tiene el ciudadano Álvaro Uribe Vélez de tener un pronunciamiento oportuno sobre una petición de libertad que se ha cumplido con todo el rigor para hacerlo”, dijo el jurista.

Cabe destacar que, aunque la jueza no aplazó la audiencia, sí la suspendió por 45 minutos para que Montealegre y Perdomo estudiaran el elemento al que hacían referencia y que generó la discordia.