El aparente retraso en el traslado de una menor de edad perteneciente a la comunidad indígena, que estaba hospitalizado en un centro asistencial en la ciudad Montería fue la causa de su muerte.

Según la denuncia que hizo el mismo defensor del Pueblo, Carlos Camargo, el hecho ocurrió en el Hospital San Jerónimo de Montería, donde la bebé, esperando una remisión a una UCI pediátrica, pasó varias horas esperando, porque su registro civil, al parecer, no aparecía.

Las autoridades distritales indicaron que la víctima provenía de la comunidad indígena Emberá Katío, del resguardo Koredó, quienes se ubican en el municipio de Tierralta, y en su caso, “hubo graves barreras de acceso que preocupan a la Defensoría del Pueblo, dado que la Nueva EPS no autorizó la remisión porque no contaba con afiliación. Aunque sus padres son usuarios de la EPS, la bebé no tenía registro civil de nacimiento, documento que dolorosamente fue expedido una hora después del fallecimiento de la bebé”.

Para el defensor del Pueblo, parece inconcebible que esas “barreras” existan, pues sin importar que la menor estuviera afiliada o no debió ser atendida.

“Resulta inconcebible que por obstáculos administrativos se pierda la vida de una bebé, que debió recibir atención sin importar si estaba o no afiliada oficialmente al sistema de salud y que, además, por pertenecer a un grupo étnico, debió ser tratada con protección reforzada. El dolor de su familia es también nuestro dolor y trasciende las dimensiones sociales. En un Estado Social de Derecho no puede permitirse que, por negligencia y trámites ordinarios, sigan poniéndose en riesgo la vida de los niños y niñas”, dijo Camargo.

Desatención en La Guajira

Por demoras en la atención de pediatría y nutrición por médico general, en cinco casos trazadores escogidos de una población de 81 menores, la Superintendencia Nacional de Salud impuso una multa de 250 millones de pesos a la EPS Asociación Indígena del Cauca (AIC).

En detalle, en abril de 2019, un equipo interdisciplinar de la Supersalud realizó en La Guajira una auditoría a la EPS indígena y documentó una serie de hallazgos. Identificaron que la entidad administradora de recursos no había garantizado la atención oportuna.

“Las conductas de la Asociación Indígena del Cauca EPSI tienen gran trascendencia social, toda vez que incidieron directamente en la garantía de la calidad de la prestación de los servicios de salud de niños y niñas que para el 2019 residían en el departamento de La Guajira, el cual ha enfrentado graves problemas de desnutrición infantil y salubridad pública”, se argumentó en la resolución 7382-6 de 2022 que impuso la sanción.

Añadieron, a través de comunicado oficial, que “es claro que la EPSI desconoció que los niños y niñas son sujetos de especial protección, tal como lo establece el artículo 11 de la Ley 1751 de 2015″.

En ese sentido, el Superintendente Nacional de Salud, Ulahí Beltrán López, explicó que “la atención a la población infantil, debe ser una atención priorizada por parte de cada uno de los actores que intervienen en el sistema de salud colombiano, dada la condición de vulnerabilidad de los niños que precisamente lleva a que exista una protección especial sobre ellos y por eso resulta inaceptable que quienes tienen la responsabilidad de proteger y garantizar sus derechos no los atiendan oportunamente ni les brinden toda la atención médica especializada que requieren”.