Un profundo rechazo causó el incidente registrado el pasado martes, en el aeropuerto Internacional El Dorado de Bogotá, en el que un ciudadano canadiense agredió físicamente a un oficial de la Policía.
El director general de la institución, el general William Salamanca, condenó la actitud violenta del extranjero, quien, incluso, intentó arrebatarle su arma de dotación al uniformado. Al mismo tiempo, elogió la intervención de aquellas personas que se solidarizaron y defendieron al uniformado, quien, según el general, actuó bajo los protocolos de la Policía Nacional.
Este miércoles se conocieron imágenes de las cámaras de seguridad que muestran el instante en el que el canadiense busca quitarle el arma al oficial. En el clip se aprecia el momento en que el sujeto se acerca al policía y con su mano intenta arrebatarle la pistola. Tras un forcejeo, el uniformado impide la acción. Segundos después se produce la agresión.
Horas antes, el ciudadano canadiense, de 34 años, hizo una confesión sobre su profesión y a lo que supuestamente vino a Colombia.
Desde la Unidad de Reacción Inmediata (URI) del barrio La Granja, el hombre aseguró que es boxeador y reveló que actualmente se encuentra en un tratamiento de desintoxicación de drogas.
En las próximas horas se conocerá el dictamen médico del patrullero de la Policía que fue víctima de un violento ataque a golpes por el canadiense en el aeropuerto El Dorado. El coronel Octavio Gil, comandante de la Policía del aeropuerto, habló con SEMANA sobre este episodio.
El oficial explicó que, “efectivamente, a las 6:30 a. m. se presenta un hecho de agresión por parte de un ciudadano extranjero de nacionalidad canadiense. Esta persona agrede a nuestro uniformado, quien está adscrito a la seccional de Tránsito y Transporte, y tiene el grado de patrullero”.
Agregó que, “una vez verificados los videos de aquí de las instalaciones del aeropuerto, se logra evidenciar que este ciudadano va transitando por el segundo piso del aeropuerto. Cuando observa el uniformado, se le abalanza específicamente a quitarle su armamento de dotación oficial. Estos son los hechos que ocasionan esta agresión. Lo que hace el compañero es actuar de una manera transparente en el marco del protocolo de la actuación del sistema táctico, básico policial que lo que hace uno es defender la integridad personal y la de terceros, por eso es que él lo aleja, toma una distancia prudente porque este sujeto estaba alterado y pide apoyo por radio”.
De igual manera, el coronel Gil explicó: “Este ciudadano se dejó a disposición de autoridad competente por el delito de lesiones personales. No hubo algún motivo, alguna justificación, el compañero no estaba realizando ningún procedimiento, no habían hablado antes, no había ninguna solicitud de registro de antecedentes, comparendos y movilizaciones”.
Sobre el canadiense capturado, el coronel dijo que “se verificó que él ingresó al país el 4 de julio, es turista, no venía a realizar ninguna diligencia o algo que se evidenciara y no conocemos por qué se encontraba aquí en el aeropuerto, teniendo en cuenta que no presenta ningún pasaje”.
Asimismo, explicó el oficial que el uniformado actuó acorde con los protocolos y era el no dejarse quitar el arma de dotación por el extranjero, quien, según las autoridades, no tenía boleto de regreso a su país o ningún otro.
“En el momento exacto donde él le va a quitar el armamento, el compañero pide de manera inmediata el apoyo, y el apoyo llega”, señaló el coronel Gil.
Pena que podría enfrentar el canadiense
La Policía tendrá que presentar al ciudadano canadiense ante un juez de control de garantías para imputarle el delito de violencia contra servidor público. De acuerdo con el Código Penal, el delito que se le imputará al agresor puede conducir a una condena de cuatro a ocho años de prisión. Además, puntualiza que el Estado debe garantizar sus derechos fundamentales.
“El que ejerza violencia contra servidor público, por razón de sus funciones o para obligarlo a ejecutar u omitir algún acto propio de su cargo o a realizar uno contrario a sus deberes oficiales, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años”, dice el artículo 429 de la Ley 599 del año 2000.