La Cancillería informó este lunes que entre el 15 y el 31 de agosto está programado el arribo al país de 13 nuevos vuelos humanitarios que traerán a ciudadanos colombianos que, por las restricciones impuestas a los vuelos internacionales por la pandemia, no habían podido retornar. La entidad señaló que los ciudadanos llegarán de países como España, Estados Unidos, México, Argentina y Perú, entre otros.
“La Cancillería, el Ministerio de Transporte y Migración Colombia continúan trabajando de manera articulada en la gestión de vuelos de carácter humanitario que permitan el retorno al país de aquellos colombianos que por la emergencia generada por la covid-19 no han podido regresar”, manifestó. El orden de arribo de estos vuelos, de acuerdo con lo informado, será el siguiente: 15 de agosto: Brasil 17 de agosto: Madrid 19 de agosto: México 20 de agosto: Miami 21 de agosto: Miami 21 de agosto: Panamá 25 de agosto: Chile 27 de agosto: Miami 28 de agosto: Argentina 28 de agosto: Nueva York 29 de agosto: México 30 de agosto: Perú 31 de agosto: Madrid Hay que señalar que estos vuelos son operados por aerolíneas comerciales y el costo de los tiquetes es asumido por cada uno de los viajeros, que previamente deben inscribirse en un registro dispuesto por el Gobierno.
En 265 vuelos humanitarios desde el inicio de la pandemia han regresado más de 31.000 colombianos al país. La ministra de Transporte, Ángela María Orozco, afirmó en días pasados que la operación de estos vuelos tiene estrictos protocolos y medidas de bioseguridad en todas las terminales aéreas. El director de Migración Colombia, Juan Francisco Espinosa, manifestó que, previo a su ingreso al país, los viajeros deben diligenciar el formulario de Control Preventivo Contra el Coronavirus, a través de la página web de Migración Colombia, y una vez desembarquen en el país serán valorados por las autoridades de salud en tres momentos previos al proceso de control migratorio.
Asimismo, todos los ciudadanos que lleguen a Colombia deben cumplir con la medida de aislamiento obligatorio, de lo contrario les podrán ser impuestas sanciones administrativas y penales por su incumplimiento.