Después de cinco años, el exdirector del Instituto de Medicina Legal, Carlos Eduardo Valdés, fue absuelto en medio de la investigación disciplinaria por el dictamen en el caso de Jorge Enrique Pizano, el exauditor del proyecto de la Ruta del Sol II y el testigo estrella en este escándalo de corrupción.
Después que se conociera la muerte de Pizano el entonces director de Medicina Legal adelantó una rueda de prensa para presentar las conclusiones de la necropsia, negando que se hubieran encontrando rastros de cianuro en la sangre del exauditor.
Sin embargo, tras la revelación periodística de un informe pericial en el que se contradecía lo dicho por Valdés puesto que la muestra referida no era de sangre sino de sáliba. Frene a esto, el mismo director de Medicina Legal convocó a otra rueda de prensa para presentar excusas públicas. “Soy, objetivamente, el único responsable de haber afirmado a la opinión pública que la mancha de sangre de que trata ese informe era sangre humana. Soy el único responsable”.
En esa misma rueda de prensa, Valdés dejó en claro que iba a dimitir de la dirección del Instituto después de siete años. “A partir de ese momento cometí el error de nunca preguntar su origen a los laboratorios y solamente me concentré en los resultados forenses de si correspondía o no al señor Pizano y si había o no allí cianuro”.
En un fallo de 90 páginas, la procuraduría delegada disciplinaria de juzgamiento determinó que lo citado se trató de un error humano y no se incurrió en ninguna falla disciplinaria. “Como el análisis de los comportamientos censurados al disciplinado fueron encontrados por esta delegada como ajustados a derecho, debe estimarse que los mismos no desarrollan el incumplimiento de deber ni la incursión en la prohibición descritos en la decisión de cargos”.
Tras la valoración de los elementos materiales de prueba, la Procuraduría indicó que en el mencionado caso de estudio lo que se presentó fue una cadena de errores cuando se convocó la rueda de prensa el 16 de noviembre de 2018.
“No se vislumbra que el señor Carlos Eduardo Valdés Moreno (...) haya incurrido en la prohibición prevista (...) consistente ‘manifestar indebidamente en acto público o por los medios de comunicación, opiniones o criterios dirigidos influir para que la decisión contenida en sentencias judiciales, fallos disciplinarios, administrativos o fiscales sean favorables a la entidad a la cual se encuentra vinculado, de su propio beneficio o de un tercero”.
Analizando cada una de las menciones hechas y afirmaciones presentadas por el entonces director de Medicina Legal en las ruedas de prensa se considera que no incurrió en una falla disciplinaria.
“No se encuentra prueba alguna que determine o establezca que las manifestaciones del señor Carlos Eduardo Valdés Moreno, los días 16, 20 y 27 de noviembre de 2018, influyeran en la opinión pública para demostrar que se trabajaba de manera pronta y eficaz, pues se evidenció que todas las declaraciones de peritos lo contrario, esto es, que el caso si fue manejado de forma prioritaria dada la complejidad y el alto impacto”, agrega la decisión.