La Corte Suprema rechazó por improcedente la acción de tutela que presentó el empresario Carlos Mattos para que se revisara todo el proceso penal que se le adelantó en su contra por el pago de millonarios sobornos a funcionarios y empleados de la rama judicial, para verse beneficiado con unas medidas cautelares en un litigio que sostenía para continuar siendo el único comercializador de vehículos de la marca coreana Hyundai en Colombia.

Mattos consideraba que se le había vulnerado sus derechos al debido proceso, defensa y libertad, puesto que, pese a aceptar toda su responsabilidad e indemnizar a la rama judicial por los daños y perjuicios causados por su actuar, se le había establecido una condena totalmente injusta puesto que no se le habían dado los beneficios que establece la ley.

Frente a esto, consideraba que el expediente debía regresar hasta la etapa de imputación de cargos. Sin embargo, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó estas pretensiones al considerar que existen otros recursos para pedir la revisión del proceso penal: “La acción de tutela no es procedente frente a procesos en trámite o ya extinguidos en los cuales el ordenamiento jurídico tiene establecido medios de defensa judiciales idóneos y eficaces para asegurar la protección de los derechos y las garantías fundamentales”.

Con ponencia del magistrado Fernando León Bolaños Palacios, la Corte Suprema consideró que el “juez constitucional entrometerse en los asuntos que son propios del juez natural, cuando aún el accionante tiene la posibilidad de reclamar lo alegado ante el juez competente pues, de lo contrario, se desbordarían los principios de subsidiariedad y residualidad que rigen este trámite constitucional tan exclusivo”.

El pasado 9 de mayo, Carlos Mattos fue condenado a nueve años y cinco meses de prisión después que aceptara su responsabilidad en los delitos de cohecho por dar u ofrecer (entrega de sobornos) y daño informático agravado. Igualmente, se comprometió a reparar a la rama judicial con un millón de dólares y el ofrecimiento de excusas públicas por los daños causados a la sociedad por su conducta.

Funcionarios y empleados de la rama judicial fueron sobornados para que modificaran el complejo sistema y de esta forma enviar directamente al Juzgado Sexto Civil Municipal de Bogotá, que presidía Reynaldo Huertas, para que emitiera unas medidas cautelares que le permitieran a Mattos seguir comercializando estos vehículos en el país. El funcionario judicial ya había recibido un millonario soborno para emitir esta decisión en tiempo récord.

Sin embargo, un mes después, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá anuló el fallo con el fin que el juez de conocimiento le deje en claro al procesado que no tendrá ningún beneficio judicial, sino reintegra todo el dinero producto del incremento patrimonial que se registró por sus actividades ilegales.

El pasado viernes, el caso presentó un nuevo traspié puesto que el empresario anunció que había despedido a su abogado defensor y no contaba con uno de confianza. Igualmente, le envió una carta al despacho judicial para quejarse a los malos tratos que recibe en la cárcel de Combita en Boyacá.

“Me siento desorientado y en un desasosiego total ante las realidades procesales a las que he sido últimamente notificado. Asisto ante la Fiscalía y las audiencias bajo la expectativa, pero luego me veo expuesto ante otras realidades. La condición procesal que ahora me define no se compadece con la actitud reverente, comedida y comprometida que he tenido ante la justicia desde mi llegada a Colombia”, señala la misiva.

Frente a esta situación, el juez ordenó designarle un abogado de oficio. La audiencia en la que se emitirá la nueva condena contra Mattos quedó fijada para el próximo 12 de julio.