La defensa del exmagistrado Gustavo Malo presentó, hace dos semanas, dos recusaciones que fueron reveladas en primicia por SEMANA. Fue por diferentes motivos y en contra de los tres magistrados de la sala de primera instancia.

Malo es señalado de hacer parte del entramado conocido como el ‘cartel de la toga’, en el que jueces y magistrados habrían recibido coimas a cambio de torcer procesos judiciales. Hoy pretende demostrar su inocencia.

En la primera recusación se menciona a los magistrados Ariel Torres y Jorge Caldas. El documento señala: “Se hace necesario despejar y definir antes de que se asuma una decisión de sentencia a nivel doméstico en este asunto, pues se trata de una garantía internacional y constitucional, mucho más cuando este caso ya lo he presentado en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por la falta de garantías convencionales y constitucionales en el plano nacional. Solo el paso del tiempo será la voz que nos diga quién tiene la razón”.

La otra recusación presentada por Malo es que Blanca Barreto, nueva ponente, junto al magistrado Ariel Torres, fueron magistrados auxiliares de Eugenio Fernández Carlier, de la Sala Penal, y que en esa condición de magistrados auxiliares ellos dieron opinión sobre el estado de un proceso de Álvaro Ashton Giraldo.

Además de esta negativa que ahora se presenta, la Corte hizo un duro llamado de atención al abogado Antonio González, quien defiende a Malo, por posibles maniobras dilatorias en el caso.

En esa medida, las recusaciones consideran que esto indica que su opinión está comprometida sobre este asunto (el de Ashton) y en la actualidad son los magistrados de juzgamiento de Malo Fernández. Por lo anterior, teniendo en cuenta que uno de los procesos por los que acusan a Malo de corrupción es el proceso de Ashton, con número de radicado 39768, la defensa de Malo presentó el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

SEMANA pudo establecer que por parte de los tres magistrados no hay ninguna posibilidad de aceptar la recusación. Es decir, en principio, no la aceptan y por esa razón deben ser varios conjueces los que resuelvan el tema.

El magistrado Jorge Caldas ya se pronunció, por ejemplo, señalando que no aceptan los argumentos de la defensa.

Si esos conjueces aceptan la negativa de la recusación presentada, el tema pasa a manos de la Sala Penal como segunda instancia.

SEMANA también conoció ahora los nombres de los tres conjueces que deben decidir esta petición de la defensa del exmagistrado Gustavo Malo. Se trata de Omar huertas (quien es el ponente), Fabio Iván Rey Navas y Alfredo Rodríguez Montaña.

La recusación consiste en que los magistrados Jorge Caldas y Ariel Augusto Torres participaron en la providencia que dictó detención preventiva en contra del exmagistrado Malo. En ella, dice la defensa de Malo, prejuzgaron sobre la responsabilidad de este teniendo en cuenta que ellos van a ser los juzgadores en esta ocasión.

Por lo anterior, consideran que se afecta la imparcialidad del caso, porque quien juzga no puede haber participado anticipadamente de las pruebas.

La tesis de la defensa de Malo es: “No pueden ser estos tres magistrados de la sala especial de primera instancia de juzgamiento los que tenían que definir la prisión preventiva contra el ciudadano en cita, pues quien juzga no puede anticipar ni contaminarse bajo ninguna forma sobre la presunta responsabilidad penal del sindicado”.

Agrega: “La competencia de los señores magistrados de la sala especial de primera instancia sin hesitación alguna está reglada y es ‘solo exclusivamente para el juzgamiento’”.

Contexto del caso Malo

A finales del año pasado, el Consejo de Estado le negó por medio de una decisión de la sección tercera un habeas corpus al exmagistrado Gustavo Malo, involucrado en el denominado escándalo del cartel de la toga. La decisión fue porque no se encontró razón en los argumentos para que se le concediera libertad provisional.

El exmagistrado fue señalado en su momento de hacer parte, al parecer, de un entramado en el cual jueces, magistrados y todo tipo de funcionarios habrían recibido coimas a cambio de favores de carácter judicial en fallos y decisiones de distintos temas.

En este caso, puntual y para la defensa del exmagistrado, se incurrió en las mismas equivocaciones “al contabilizar los términos de concesión de libertad por haber transcurrido más de 150 días desde la fecha de inicio de la audiencia de juicio, sin haber celebrado la audiencia de lectura de fallo o su equivalente”.