La Corte Suprema de Justicia rechazó una apelación y reabrió el caso contra el exdirector de la Policía, el general (r) Rodolfo Palomino, por supuestamente haber interferido en la captura del empresario Luis Gonzalo Gallo Restrepo, quien actualmente enfrenta cargos por parapolítica en la JEP.
De acuerdo con lo señalado en el escrito de acusación, el entonces general Rodolfo Palomino López, el 8 de febrero de 2014, “empleó de forma indebida influencias derivadas del cargo que ejercía de director general de la Policía Nacional sobre la fiscal delegada ante los jueces especializados del Circuito, Sonia Lucero Velásquez Patiño, con la finalidad de que no se materializara la orden de captura expedida en contra Luis Gonzalo Gallo Restrepo”. El empresario debía haber sido capturado el 10 de febrero de ese año por los delitos de concierto para delinquir, lavado de activos y desplazamiento forzado.
En el documento de 66 páginas conocido por SEMANA, la Sala Penal de la Corte mencionó la relación entre Gallo Restrepo y el expresidente Andrés Pastrana Arango, el presidente del Banco Mundial y el exministro Luis Alberto Moreno, lo que habría llevado a Palomino a evitar su captura.
“Palomino López, en compañía del director de la Policía Judicial (Dijin), acudió a la residencia de Sonia Lucero Velásquez Patiño, ubicada en el barrio La Colina de esta ciudad (Bogotá), para darle a conocer la relación existente entre el expresidente Andrés Pastrana Arango, el presidente del Banco Mundial y el exministro Luis Alberto Moreno con Gallo Restrepo”, quedó expuesto en la determinación del alto tribunal.
El audio clave que tiene en su poder la Corte Suprema de Justicia fue grabado en 2014, en la casa de la fiscal Velásquez. Allí se escucha a Palomino decir: “Yo quisiera convencerla a usted de una propuesta y de ser, pues yo espero que no sea calificada como una propuesta indecente”, esto haciendo referencia a Gallo Restrepo. Acto seguido intentar sugerir no capturar a esta persona y, al parecer, a otros empresarios. De hecho, las pruebas fueron reveladas, en primicia, por SEMANA.
Según estableció la Sala Penal, el general (r) también “previno” sobre la afectación que podría tener la captura de Gallo Restrepo sobre las “donaciones realizadas por este y calificó como legítima la procedencia de los predios de los cuales el mencionado ostentaba titularidad”.
Sobre las pruebas, Lucero Velásquez Patiño grabó la conversación que sostuvieron en su vivienda.
Por estos hechos, el pasado 25 de mayo de 2017, en audiencia preliminar llevada a cabo en el Tribunal Superior de Bogotá, la Fiscalía General le imputó al general en retiro el delito de tráfico de influencias de servidor público. El 15 de agosto de 2017 el ente acusador radicó el escrito de acusación y el 26 de julio de 2018 la actuación se remitió por competencia a la Sala Especial de Primera Instancia.
Durante las sesiones del 25 de agosto de 2021, 2 de febrero, 30 de marzo y 27 de septiembre de 2022, se llevó a cabo la audiencia preparatoria, en la cual se resolvieron las solicitudes probatorias.
Tras esto, el abogado defensor de Palomino interpuso un recurso de apelación en el que solicitó revocar parcialmente el auto refutado y, en su lugar, “excluir varios medios de convicción requeridos por la Fiscalía y decretar los testimonios de Gina María Cabarcas Macías y Luis Eduardo Montealegre Lynett, los cuales le fueron negados”.
Cabe recordar que Gina María Cabarcas Macías, entonces fiscal encargada de la Unidad de Análisis y Contexto, tuvo conocimiento directo de lo sucedido y, como superior de Velásquez Patiño, “podrá indicar qué pasó antes, durante y después de la reunión realizada con Palomino López”, de acuerdo con la defensa.
En lo que corresponde con las pruebas rechazadas, la defensa “adujo que Luis Eduardo Montealegre Lynett en calidad de Fiscal General de la Nación para la época de los hechos, debió tener algún conocimiento del ‘proceso que se adelantaba, las órdenes de captura, de la cita que pidió la fiscal y el oficio remitido por esta’. Luego, se trata de un testigo ‘directo de la situación’ que, por su pertinencia, debe decretarse”.
La Sala Especial de Primera Instancia inadmitió, al considerar “impertinentes”, los testimonios de Cabarcas y Montealegre. La primera, dice el alto tribunal, porque “no tuvo conocimiento directo de los hechos y, además, lo pretendido es que informe si en algún momento Palomino se acercó a ella para interferir en la captura de Gallo Restrepo, lo cual no corresponde al objeto del juicio”.
El segundo, Montealegre, porque, “además de carecer de conocimiento directo sobre los hechos, la defensa obvió sustentar, según le era exigible, cuáles serían los aspectos sobre los que declararía y su relación con la denunciada intervención del acusado para impedir una orden de captura”.
Finalmente, la Sala de Casación Penal dispuso la devolución de las diligencias a la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia y dejó claro que contra esa decisión no proceden recursos.