“Es evidente, por la estructura de la tutela y la forma en que se plantea la pretensión, que el doctor Miguel del Río pretende continuar, como si la tutela fuese una tercera instancia, en la discusión sobre el acierto o no de las razones por las cuales considera él que su representada debe ser reconocida como víctima”. Con esas palabras inicia la respuesta conocida por SEMANA, por parte del abogado Jaime Granados a la tutela presentada por la defensa de Deyanira Gómez, expareja del testigo clave Juan Guillermo Monsalve, pidiendo ser reconocida como víctima. El documento está dirigido al magistrado Francisco Acuña.
Hace dos semanas, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó la tutela presentada por la defensa de Deyanira Gómez, expareja de Juan Guillermo Monsalve, testigo clave en contra del expresidente Álvaro Uribe Vélez, para ser reconocida como víctima en el proceso. Por eso fue necesario presentar una nueva.
La defensa de expresidente Uribe señala que: “Lo anterior, sin duda, escapa a la competencia del juez de tutela, pues se estaría desconociendo la órbita de los jueces ordinarios, cuya actuación debe ser excepcionalmente revisada si existe vulneración a derechos fundamentales, mas no para reemplazar el juicio de instancia”.
Y agregan que, en todo caso, sí es necesario llamar la atención de la Sala sobre la particular forma en la cual presenta los hechos ante la Corporación, “no siendo del todo claro cuando, quien presentó la tutela, se refiere a manifestaciones de la Corte Suprema de Justicia y cuando hace narraciones propias”.
Y agrega: “En particular, es curioso que, en el literal G, el doctor Del Río cite textualmente el contenido de la diligencia de Indagatoria, que hace referencia a otros supuestos fácticos, pero que frente al supuesto de hecho que nos ocupa (episodio de Juan Guillermo Monsalve) omita, en el literal H, hacer la cita correspondiente de la “concreción” del hecho, para después, en los numerales 3 a 15, “describir” el evento pero desde su propia visión subjetiva, la cual, por demás, adolece de graves distorsiones de la realidad”.
Narra también la defensa del expresidente Uribe que no corresponde a la realidad que “en la primera visita efectuada por el doctor Diego Cadena al interno Monsalve Pineda, se le propusiera firmar un documento, previamente elaborado, como lo sugiere el apoderado de la accionante”. “El numeral nueve se plantea de una forma ambigua, dando a entender que esa supuesta propuesta se le presentó a Monsalve Pineda en la reunión del 22 de febrero de 2018, lo cual no es cierto. No hubo, ni en ese momento (22 de febrero de 2018) ni en ningún otro “coactiva insistencia” en contra de Juan Guillermo Monsalve, como falazmente lo afirma quien representa a la accionante”, advierte el documento.
En realidad, para la defensa del expresidente Uribe, es el abogado Del Río quien desconoce el principio general del derecho conforme al cual “nadie puede alegar, en su favor, su propia culpa”.
“En efecto, riñe con lo absurdo la excusa de “imposibilidad” que se invoca en la tutela, por las siguientes razones: Deyanira nunca se interesó por constituirse como parte civil, mientras la actuación se surtió, ante la Corte Suprema de Justicia, esto es entre febrero de 2018 y agosto de 2020″, explican.