“El uso de la palabra que se le concede en este momento al doctor Álvaro Uribe Vélez es para que, como lo hicieron los intervinientes y la defensa técnica, se pronuncie sobre los elementos materiales probatorios y exclusivamente sobre los argumentos esbozados a lo largo de la audiencia por cada una de las partes intervinientes, principalmente la Fiscalía”.
De esta forma, la jueza 28 de conocimiento de Bogotá estableció los límites para la intervención que tendrá este viernes el expresidente de Colombia en la audiencia en la cual ya se solicitó el archivo del proceso que se adelantó en su contra por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.
La funcionaria judicial indicó que el exmandatario no podrá expresar alguna manifestación “sobre los hechos jurídicamente relevantes porque esto convertiría su intervención en una declaración y eso no está permitido en este estado procesal”.
De hacerlo -recalcó la jueza- se tendría que interrumpir la declaración: “En caso que el doctor Álvaro Uribe Vélez realice manifestaciones en su calidad de testigo de los hechos, este despacho de manera respetuosa deberá exhortarlo a efectos de reconducir su intervención”.
La funcionaria judicial le puso de presente a Uribe varios artículos del Código de Procedimiento Penal y sentencias de la Corte Suprema de Justicia que indican que solamente puede hacer mención a los hechos que narró y puso de presente el fiscal Gabriel Jaimes Durán Jaimes cuando alegó que no existían evidencias para llamar a juicio al expresidente Uribe y, que en cambio, se debía precluir el expediente.
Sin embargo, cuando el exmandatario empezó su intervención e hizo algunas menciones de algunas versiones en su contra la jueza lo interrumpió, haciéndole un llamado de atención. “En ningún momento habrá solicitud ni a práctica de pruebas. Si el doctor Álvaro Uribe Vélez habla en primera persona esto se convierte en una declaración y se desnaturaliza esta audiencia (...) Dije que tenía todo su derecho a ejercer sobre su defensa material, haciendo referencia a las causales que invocó el fiscal y la valoración que hicieron las víctimas, pero no le voy a dar la palabra para que, como él lo dice, limpie su honra, y no es porque no tenga derecho, sino porque eso desnaturaliza el sentido de la audiencia”.
“Quiero darle claridad al doctor Uribe que está siendo perjudicado los de su partido, esto no es una intervención política”, precisó la jueza al indicar que solamente se debe hacer mención a las pruebas obrantes de su intervención, y evitar hacer mención a expresiones como “yo no pude, yo no estuve”. La funcionaria judicial aseguró que en la audiencia convocada para este viernes se debe hacer mención directa de los hechos que tienen una relación con el proceso penal.
Con la intervención del expresidente se cerrará la audiencia en la cual la Fiscalía General solicitó archivar el proceso que se adelantó por considerar que no existen evidencias para inferir que dio órdenes directas al abogado Diego Cadena con el fin de manipular y presionar a testigos para que se retractaran de las acusaciones con las cuales se le vinculó de haber promovido grupos paramilitares en el departamento de Antioquia.
Tras esto, la jueza 28 de conocimiento dará por terminada la diligencia y fijará una audiencia para emitir su decisión, esto es, si avala la petición para archivar el caso o si, por el contrario, acepta lo dicho por las víctimas reconocidas para que el expresidente sea llamado a juicio. Sea cual sea la decisión, las dos partes podrán presentar recurso de apelación el cual deberá ser resuelto por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.