Fiscales de la Unidad Especial de Investigación (UEI) lograron importantes resultados judiciales contra los señalados agresores de reincorporados en los departamentos de Cauca y Valle del Cauca.
Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento privativa de la libertad en centro carcelario a Yefferson Muñoz Cano, alias Mono, presunto integrante de la columna móvil Dagoberto Ramos de las disidencias de las Farc.
“Este hombre habría participado en el ataque contra el reincorporado José Dover Ul Zapata, ocurrido en el barrio Marañón, en Caloto (Cauca), el pasado 30 de julio. De acuerdo con los elementos de prueba, alias Mono hizo parte del grupo de hombres armados que disparó contra la víctima, quien estaba acompañada de su familia en la entrada del lugar de residencia”, indicó la Fiscalía.
Por estos hechos, Muñoz Cano fue imputado por los delitos de tentativa de homicidio, desplazamiento forzado, concierto para delinquir agravado y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones agravado.
Asimismo, la Fiscalía condenó a nueve años y dos meses de prisión contra Miguel Ángel Palacios Poso, alias Perro Mueco, responsable de dos atentados e intimidaciones contra el reincorporado Andrés Felipe Cuero Duque, el 8 y 13 de mayo de 2021, en el barrio Los Chorros, en Cali (Valle del Cauca).
Las pruebas obtenidas indican que este hombre, junto a otros integrantes del grupo ilegal Los Hugos o La Escombrera, ejerció presión sobre la víctima y su familia al punto de obligarlos a abandonar su vivienda.
“Por estos hechos, alias Perro Mueco fue sentenciado por los delitos de tentativa de homicidio, desplazamiento forzado, daño en bien ajeno y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones agravado. Además de cumplir la pena en centro carcelario, el fallo dispuso que esta persona deberá pagar una multa de 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes”, señaló la autoridad.
A la cárcel, dos hombres señalados de atentar contra reincorporados de las Farc
La Fiscalía General de la Nación informó que fueron enviados a la cárcel dos hombres acusados de atentar contra reincorporados de las Farc, en hechos registrados en los departamentos de Guaviare y Norte de Santander.
En el primer caso, un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento contra Juan Carlos Jiménez Echavarría, alias Chimú, presunto integrante de la estructura Jorge Briceño de las disidencias de las Farc, por su posible participación en el homicidio del reincorporado Edwin Andrés Sánchez Varón, perpetrado el pasado 2 de abril, en El Retorno, Guaviare.
“Las evidencias indican que alias Chimú, al parecer, hizo parte del componente armado que disparó contra la víctima. En ese sentido, fue imputado por los delitos de homicidio agravado; fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones agravado, y concierto para delinquir agravado”, señaló la Fiscalía.
En el segundo caso, la Fiscalía presentó ante un juez de control de garantías a Jaiker Julio Olave, alias Leo, como presunto responsable del ataque armado contra el reincorporado y presidente de la Asociación para la Reconciliación y la Paz en el Catatumbo, Wilson Blanco, sucedido el pasado 22 de febrero, en el barrio Los Acacios de Tibú (Norte de Santander).
Alias Leo fue imputado por los delitos de tentativa de homicidio, y fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones agravado, por los cuales fue enviado a prisión.
Finalmente, la Fiscalía señaló que a ocho años y diez meses de prisión fue condenado Omar Peñaloza Rodríguez, alias Omar, integrante del frente 33 de las disidencias de las Farc, que tiene injerencia en Norte de Santander.
“La Fiscalía demostró que este hombre participó en el atentado contra el reincorporado Heiber Botello Duarte, el 23 de mayo de 2020, en la vereda Barca de Sardinata”, señaló. Alias Omar fue sentenciado por los delitos de tentativa de homicidio agravado y concierto para delinquir. Además, deberá pagar una multa de 2.700 salarios mínimos legales mensuales vigentes.