La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia acaba de condenar a más de 6 años de cárcel a la exgobernadora del Huila, Cielo González, por las irregularidades en el contrato que firmó para la producción y comercialización de aguardiente de anis.
El magistrado Jorge Caldas explicó que a la exgobernadora se declara “como autoria responsable de tres delitos de interés debido en la celebración de contratos en concurso homogéneo y sucesivo en concurso heterogéneo, con dos delitos de falsedad ideológica en documento público por los cuales fue acusada por la Fiscalía General de la Nación”.
En la sentencia, la Corte Suprema de Justicia también decidió absolver a la exgobernadora del Huila por los delitos de falsedad en documento y peculado por apropiación a favor de terceros.
Sin embargo, con la condena de cárcel que le dictó el alto tribunal, también se decidió condenar a una multa de 237 salarios mínimos para la época de los hechos y más de 7 años de inhabilidad para que ocupe cargos públicos. Todo por las irregularidades que permitió en la contratación para explotar el aguardiente del Huila.
Los hechos arrancaron en el año 2011, cuando sin ninguna explicación, la exgobernadora Gonzáles Villa, permitió que el proceso licitatorio terminara favoreciendo a la Fábrica de Licores y Alcoholes de Antioquia sin una aparente razón jurídica.
La Sala también precisó que “sí hubo en el comportamiento de CIELO GONZÁLEZ VILLA un interés, pero de naturaleza legítima de favorecer la educación y la salud de los huilenses, el cual la llevó, acompañada de su grupo de asesores, así como de las opiniones de la Contraloría y de la Procuraduría, a elegir a la Fábrica de Licores de Antioquia como la mejor opción, dentro del contexto de un, igualmente legítimo”.
La Corte confirmó que en este proceso, la Fiscalía logró demostrar todas las irregularidades que se presentaron en el trámite y celebración de los tres contratos de concesión por parte de la otrora gobernadora del Huila, aparentemente para favorecer indebidamente a la Fábrica de Licores y Alcoholes de Antioquia (FLA).
El alto tribunal explicó que la forma en como actuó Cielo Gonzáles bajo su administración en Huila, produjo “en detrimento de los postulados de planeación, transparencia (íntimamente relacionado, entre otros, con el de publicidad), economía, Selección objetiva e igualdad (de estos dos últimos emerge el principio ellos orientadores de la función administrativa en general (artículo 209 Constitucional libre concurrencia) y de la contratación estatal en particular”.
En la sentencia también se explica que en la fase precontractual se omitió decir que en Colombia existen varias licoreras públicas como las del Valle, Cauca, Caldas y Cundinamarca, entre otras, las cuales habían manifestado interés de contratar con la Gobernación del Huila, y hasta existía conocimiento por parte de Cielo González, teniendo en cuenta que les había solicitado cotizaciones a cada una.
“Según el relato de los hechos jurídicamente relevantes de la acusación -en sus dos vertientes- la vulneración del axioma mencionado en el epígrafe se produjo porque en los estudios Previos no se hizo referencia a las opciones con las que contaba el departamento en el mercado para resolver la necesidad que se pretendía satisfacer”, fue otra de las irregularidades que detalló la Corte en su fallo condenatorio.