En un concepto enviado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) se piden rechazar las pretensiones de una de las demandas que pide anular la elección de Miguel Abraham Polo Polo como representante a la Cámara por la Circunscripción Especial Afrodescendiente. En el documento de nueve páginas se advierte que la credencial otorgada para las elecciones de marzo de 2022 fue válida y no está inmersa en ningún tipo de irregularidad.
Incluso, va un poco más allá y asegura que, de avalarse la demanda, se estaría incurriendo en una violación directa de uno de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política de Colombia y los derechos políticos de Polo Polo: “Estaríamos desconociendo el derecho fundamental de una persona que fue elegida mediante un mecanismo de participación ciudadana y fue la voluntad del pueblo su elección”.
Por esta razón, consideró que no es pertinente avalar la demanda radicada por el abogado y excandidato a la Cámara, Luis Fernando Olave, quien asegura que Polo fue avalado en un principio por una comunidad indígena para presentarse a los comicios y luego recibió el apoyo del Consejo Comunitario Fernando Ríos Gidalgo, por lo que de entrada estaba incumpliendo la ley.
Olave advierte que, de manera exprés, Polo Polo recibió el aval sin demostrar su arraigo y los otros requisitos para concluir que integró las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras avaladas por el Ministerio del Interior. Por lo que no podía recibir el apoyo para presentarse por esta circunscripción especial.
Sin embargo, para el CNE la demanda radicada no es clara en demostrar las falencias en las que habría incurrido tanto el Consejo Comunitario como el representante a la Cámara: “no se cumple con los parámetros exigidos por las normas constitucionales, legales y por la jurisprudencia vigente para que se configure la causal de nulidad alegada”.
En contra de Polo Polo existen una decena de demandas que piden anular su elección como congresista y quitarle la pérdida de investidura por no cumplir los requisitos. Sin embargo, la Sección Quinta evalúa su acumulación para estudiarlas en bloque y tomar una decisión de fondo.
En octubre pasado, tras conocer la gran cantidad de demandas en su contra, Polo Polo envió un contundente mensaje: “A quienes demandaron mi curul utilizando el decreto 1640, quedarán viendo un chispero”.
En esa línea, el representante aseveró que el Consejo de Estado “dijo que ese decreto no toca las curules Afro, es una reglamentación para los espacios de participación como consultivas de alto nivel”.
“Me tendrán en la oposición cuatro años”, advirtió Polo Polo.
Vale recordar que el hoy representante se disputó la curul con Lina Martínez García, hija del exsenador Juan Carlos Martínez Sinisterra, condenado por promover grupos paramilitares y fraude electoral. Inicialmente, según los resultados del preconteo, este escaño lo perdió el activista, pero tras más de 700 reclamaciones que presentó, el CNE analizó una a una las mesas de votación y determinó que, efectivamente, la curul le correspondía a Polo Polo.
Una de las primeras demandas vino de parte del abogado, líder social y vocero del Movimiento por la Vida Luis Ernesto Olave, quien tras conocer la decisión del CNE apuntó: “Tenemos todo listo para demandar esta usurpación”.
En julio, Olave aseguró que las comunidades afro no se sienten representadas en Polo Polo, pues creen que representa a un sector político que no ha velado por los derechos de esta población. “El pueblo afro no reconoce a este farsante, ni siquiera sabe que el partido que se crea con esa curul es para fortalecer al pueblo afro, no a una persona. Al decir ‘mi partido’ ratifica su ignorancia. Que disfrute mientras le tumbamos la farsa en el Consejo de Estado”, apuntó el líder social y abogado en ese momento.
La discusión continúa y Polo Polo se defiende. El representante a la Cámara reiteró que los recursos interpuestos en su contra no tienen injerencia, en este caso, haciendo referencia puntualmente al decreto 1640, reglamentado por el expresidente Iván Duque.