La regulación de las plataformas de movilidad en Colombia es un asunto pendiente. Mientras esto sucede, las autoridades continúan en su labor de detener la práctica de transporte de pasajeros en vehículos que no están autorizados y que no cumplen la reglamentación.
A raíz de esto, la Secretaría de Movilidad de Bogotá informó que entre enero y agosto de 2021 se han impuesto 6.294 comparendos a conductores por la infracción D.12 del Código Nacional de Tránsito, que estipula el “Cambio de servicio en la destinación de un vehículo”, es decir, por el uso de vehículos particulares para transportar pasajeros de manera ilegal.
Con este número de comparendos en los primeros ocho meses del año ya se sobrepasó el número de comparendos de todo 2020 en un 12 %, teniendo en cuenta los meses de cierre total de la economía por cuenta de la pandemia. Según la entidad, el año pasado entre enero y diciembre se impusieron 5.522 comparendos por esta misma infracción.
“Para la Secretaría de Movilidad son prioritarios los controles contra el transporte ilegal por las consecuencias que este trae para la seguridad de los usuarios y porque contraviene la legislación vigente en materia de transporte. Los vehículos particulares no están habilitados para la prestación del servicio público de transporte individual, por lo que sus servicios en esta materia son ilegales”, dijo el subsecretario de Gestión en Vía de la Secretaría Distrital de Movilidad, Leonardo Vásquez.
Entre enero y agosto del presente año las autoridades dan cuenta también de 5.076 vehículos inmovilizados en medio de los operativos contra el transporte ilegal.
Por otra parte, la entidad señaló que el proceso contravencional contra los conductores infractores arroja diferentes resultados entre el 1.° de enero de 2020 y el 31 de agosto de 2021, es decir, en un acumulado de 20 meses, tiempo en el que los comparendos totales suman poco más de 11.800.
“Se han llevado a cabo 3.474 audiencias de apertura (1.707 en 2020 y 1.767 en los primeros ocho meses de 2021), un total de 28.417 audiencias de continuación (11.711 en 2020 y 16.706 en los primeros ocho meses de 2021) y se han proferido 6.363 fallos (2.425 en 2020 y 3.938 en los primeros ocho meses de 2021), de los cuales 6.080 han sido declarando responsabilidad contravencional en primera instancia (2.384 en 2020 y 3.696 en los primeros ocho meses de 2021), y 2.464 confirmando sanción en segunda instancia por la prestación del servicio público en vehículos no autorizados para tal fin”, destaca el informe.
Con estas cifras las autoridades llegan a una tasa de sanción por transporte ilegal de por lo menos el 95 % en primera instancia.
En lo corrido de 2021, según la Secretaría de Movilidad, se han impuesto 3.296 multas producto de fallos declarando contraventores a los ciudadanos por la infracción D.12. Según la tabla de autoliquidación de infracciones vigente para este año y adoptada mediante Resolución 178 del 30 de diciembre de 2020, la infracción D12 equivale a 24,65 UVT, esto es, 895.000 pesos.
A la fecha entre 2020 y 2021 se han cancelado 14 licencias de conducción a conductores de vehículos particulares por la prestación de servicios de transporte ilegal y por la reincidencia en la misma conducta, una sanción que implica la cancelación de la licencia de conducción por tres años.
“La Secretaría Distrital de Movilidad hace un llamado a la ciudadanía para que utilice y trabaje en los medios de transporte público que se encuentran autorizados por la ley como el servicio de taxi, no solo para evitar sanciones como las descritas anteriormente, sino también para tener la seguridad de que brindan los servicios de transporte público legales frente a cualquier evento que pueda ocurrir durante el viaje”, finalizó la entidad.