El concejal Marco Fidel Ramírez es un viejo conocido de los tribunales. Y todo por cuenta de varias solicitudes que ha hecho ante la justicia relacionadas con las decisiones de carácter constitucional. Fue este cabildante quien demandó la reglamentación del aborto, solicitó que no se convocara el plebiscito y hace unos días entregó un carta en la Presidencia de la República en la que cuestionó los acuerdos alcanzados en La Habana entre el Gobierno y las FARC.Puede leer: La dura carta del concejal cristiano a SantosAhora quiere poner en ‘jaque’ el proceso tras presentar una acción de tutela en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca con la que busca que se respete la votación del 2 de octubre cuando por un estrecho margen la campaña del No ganó.La acción de tutela la presentó el concejal un día después de que el Gobierno y las FARC firmaran un acuerdo renovado al que se protocolizó a finales de septiembre en Cartagena.El cabildante Ramírez, quien se proclama como líder cristiano y defensor de la familia, señala que la acción de tutela es contra el presidente Juan Manuel Santos para que se proteja “el derecho fundamental a la democracia participativa”.El argumento del concejal es simple. Para él quedó claro con la sentencia C-379 del 2016 de la Corte Constitucional, el plebiscito era un mecanismo idóneo para validar los acuerdos, por eso se realizó la votación en la que ganó el No.“Aunque esta decisión es vinculante para el presidente de la República, el 24 de noviembre, en menos de dos meses se firmó un nuevo acuerdo con las FARC, que será refrendado no directamente por el pueblo sino a través del Congreso de la República, desconociendo lo expuesto por la anunciada sentencia”, se lee en la tutela radicada.Para el cabildante lo que ocurrió después del 2 de octubre indica que los colombianos estaban en desacuerdo con el proceso de paz y la firma de un nuevo acuerdo implica que se está afectando la democracia participativa, el derecho a elegir y ser elegido.Ramírez mantiene la tesis de que lo que se firmó este jueves carece de validez y el resultado “(...) tiene un efecto vinculante para el primer mandatario. Por lo tanto, los llamados nuevos acuerdos, que de nuevos no tienen nada, no pueden ser refrendados por el constituyente derivado (Congreso) desconociendo la voluntad popular”, sentenció.Con esta acción jurídica el concejal de la familia quiere que el juez ordene que los acuerdos sean refrendados con otros mecanismos de participación ciudadana que en la que se puedan expresar los ciudadanos.