Después de más de diez años de juicio, este viernes fue condenado a 12 años y cinco meses de prisión el exdirector del DAS, José Miguel Narváez por las torturas psicológicas ejecutadas contra la periodista Claudia Julieta Duque.
La comunicadora fue perseguida, amenazada y víctima de seguimientos por agentes del DAS después que publicara una serie de artículos que vinculaban al organismo de inteligencia con el crimen del periodista y humorista Jaime Garzón, registrado el 13 de agosto de 1999.
En el fallo de primera instancia, emitido por el juzgado décimo especializado de Bogotá, se advierte que existen pruebas documentales y testimoniales suficientes para sentenciar a José Miguel Narváez por el delito de tortura agravada.
En el extenso juicio, varios exagentes del DAS declararon para señalar directamente a Narváez como el funcionario que les exigía recopilar información privada y detallada de la periodista.
Así como realizar un informe pormenorizado de sus movimientos y los de su hija, para ese entonces menor de edad. Con estos documentos, le realizaban llamadas intimidatorias a la comunicadora.
En otro de los apartes de la decisión se compulsaron copias a la Fiscalía General para que se investiguen a los exdirectores del DAS, Jorge Aurelio Noguera Cotes y Felipe Muñoz Gómez; como a los exfuncionarios de ese organismo Milton Jair Moreno, Germán Albeiro Ospina Arango, Jaqueline Sandoval, Martha Leal, Francia Jimena Vaquero Espitia, Rafael Bustamante Pérez, Alexander Velásquez Sánchez; y al fiscal Francisco Javier Pedraza Pérez, “en los hechos constitutivos de actos de tortura agravada que la víctima padeció y la comisión de otras conductas punibles que pudieron cometer”, dice el fallo.
Igualmente, que se adelanten todas las inspecciones para investigar las acciones contra la periodista desde el año 2005 y “el delito de secuestro del que señala ser víctima” y que manifestó a lo largo del proceso penal.
En el resuelve de la decisión se reiteró la orden que había emitido la Fiscalía Novena de la Unidad de Análisis y Contexto en la acusación presentada en septiembre de 2014 en la que se le pidió a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes “determinar si había mérito para investigar al expresidente Álvaro Uribe Vélez” por los hechos en los que se centró el juicio.
“En caso de que la orden no se haya cumplido, solicitar a la señora Fiscal General de la Nación (Luz Adriana Camargo) informe las razones de aquella omisión. Las dos anteriores órdenes se cumplirán por intermedio de la Secretaría del Juzgado”, concluye la decisión de 83 páginas.
Para el juzgado, los actos que se ejecutaron contra la periodista durante varios meses se deben estudiar bajo una perspectiva de género, buscando una deshumanización y humillación de la comunicadora.
“Es claro que contra la señora Claudia Julieta Duque Orrego se ejecutaron actos de violencia psicológica, no solo por su profesión de periodista, sino también al ser precisamente una mujer, circunstancias por las cuales estos hechos deben ser estudiados con un enfoque diferencial y catalogados como actos de vulneración sistemática de derechos fundamentales y constitutivos, a todas luces, de violencia de género y segregación del derecho a la libertad de prensa y pensamiento”, señala el fallo.
Los agentes del DAS intentaron callar las denuncias que hacía la periodista, buscando censurarla. Para esto, le hacían constantes llamadas en las que le avisaban la forma en cómo estaba vestida, lo que había hecho todo el día y las actividades de su hija que se encontraba en el colegio.
“En el caso de la señora Duque Orrego la finalidad fue impedir su trabajo investigativo, callar su voz frente a los actos de corrupción que detectó al interior del DAS y, el hecho de que un organismo del Estado quiso dejar en la impunidad un grave crimen como fue el homicidio de Jaime Garzón Forero”, advierte la sentencia.