Los hechos por los que fueron condenados dos policías a un año de cárcel por parte de un juez de la justicia penal militar tuvieron origen el pasado 27 de marzo, cuando los uniformados que estaban a cargo de la custodia de 51 privados de la libertad de alta peligrosidad permitieron el ingreso de varias mujeres fuera de hora de visita.
SEMANA conoció en su momento el expediente en contra de los uniformados. La Fiscalía Policial y Militar narró que: “A las 23:05 apagan la luz del CTP, Centro de Traslado por Protección Municipal. Usted, patrullero Frías, sale por la puerta principal e ingresa al CTP con una mujer a las 23:06, pasa por la guardia donde se encontraba usted, subintendente Casallas, prestando su servicio de comandante de guardia. Usted, patrullero Sabogal, quien se encontraba en la celda de abajo, abre la reja y permite el ingreso de la femenina que estaba siendo escoltada por el patrullero Frías. Usted, patrullero Sabogal, deja la reja abierta. Pasada una hora aproximada, siendo las 00:19, usted, patrullero Frías, baja a la celda a escoltar la salida de la femenina. Cuando esta mujer estaba pasando por la guardia apagan las luces y esta femenina sale de las instalaciones del CTP a las 00:19:23 del 28 de marzo de 2024″.
Agregó el ente acusador que: “Así mismo, el día 2 de abril, estando ustedes tres prestando servicio de cuarto primer turno en el CTP en las facciones anteriormente referidas, custodiando esta vez a 57 PPL (privados de la libertad) de alta peligrosidad, usted, subintendente Casallas, como comandante de guardia; usted, patrullero Frías, como responsable de la celda de arriba, y usted, patrullero Sabogal, como responsable de la celda de abajo”.
“Siendo las 22:56 apagan las luces de la guardia. Usted, patrullero Frías, sale del CTP e ingresa una femenina a las instalaciones a las 22:57; pasa por la guardia donde se encontraba usted de servicio, subintendente Casallas, como comandante de guardia, escolta a la femenina a la celda de abajo, donde usted, patrullero Sabogal, abre la reja y le permite el ingreso”, señaló la Fiscalía Militar.
Así mismo, dijo la autoridad judicial que: “Ustedes tres eran garantes de la seguridad, vigilancia y protección de las instalaciones del CPT. Debían cumplir las órdenes impartidas por sus superiores para cumplir un servicio adecuado a las políticas y lineamientos institucionales. Al incumplir lo ordenado crearon un riesgo jurídicamente relevante para el bien jurídicamente tutelado de la disciplina y a su vez el cumplimiento de la misión constitucional de la Policía Nacional”.
Por estos hechos narrados por la Fiscalía Penal Militar, un juez de dicha instancia condenó a dos policías por haber faltado a sus funciones y por haber facilitado el ingreso irregular de varias mujeres a las celdas de los retenidos, desobedeciendo las órdenes de sus superiores.
“Las labores investigativas adelantadas por funcionarios de Policía Judicial de esta Jurisdicción Especializada permitieron que la fiscal 2419 Penal Militar y Policial de Conocimiento solicitara imputación de cargos y medida privativa de la libertad contra un subintendente y un patrullero, pretensión que fue acogida por el juez 1702 de Control de Garantías”, indicó la Justicia Penal Militar.
Añadió la autoridad judicial que: “Posteriormente se realizó preacuerdo con los dos imputados y el Juzgado 1306 de Conocimiento de esta jurisdicción profirió sentencia condenatoria de doce meses de prisión en el Establecimiento Penitenciario y Carcelario para miembros de la Policía Nacional de Facatativá, Cundinamarca, por el delito de desobediencia en concurso heterogéneo y sucesivo con la misma conducta”.
Los policías condenados, según la Justicia Penal Militar fueron el subintendente Efraín Casallas y el patrullero Adolfo Frías.