El caso ocurrió el 9 de enero de 2017, cuando una familia visitaba una finca turística en zona rural de la ciudad de Villavicencio, capital del departamento de Meta. En ese recorrido, nueve integrantes de esa familia, que pasaban un puente colgante, fallecieron cuando la estructura hechiza colapsó. La responsable de esta finca fue condenada por un juez de Villavicencio a una pena de cuatro años de prisión por el delito de homicidio culposo, condena que acaba de confirmar el Tribunal del Meta.
Las partes en el proceso, esto es la defensa y la Fiscalía, apelaron la condena del Juzgado 4.° Penal del Circuito de Villavicencio y el proceso pasó al Tribunal Superior del Meta; después de dos años, se confirmó la condena contra la persona responsable de la finca turística.
“La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio confirmó, en segunda instancia, el fallo emitido en julio pasado por el Juzgado 4.° Penal del Circuito que condenó a Adriana Milena Díaz Jaimes por el delito de homicidio culposo”, señaló la Fiscalía en un comunicado tras advertir la decisión de los magistrados del Meta.
La mujer, ahora condenada en segunda instancia, fue encontrada, según la Fiscalía, responsable por los hechos ocurridos y cuando el puente colgante –ubicado en la finca La Esmeralda, vereda El Carmen de Villavicencio, Meta– colapsó causando la muerte de cinco adultos y cuatro menores de edad.
“Al resolverse el recurso de apelación presentado por la defensa de la procesada, el Tribunal coincidió con la tesis de la Fiscalía acerca de la obligación de la procesada respecto de la seguridad y el mantenimiento que debía tener para evitar accidentes con los turistas que visitaban la zona y que cruzaban por estructuras como la afectada”, señaló la Fiscalía al confirmar la decisión del Tribunal del Meta.
En este caso, los magistrados del Meta consideraron que la mujer condenada era la encargada de garantizar la seguridad de los visitantes, pues se demostró que era propietaria y administradora del lugar. Una decisión importante y que deja sentada la responsabilidad que tienen los encargados de estos centros de turismo que muchas veces no cumplen con las normas de seguridad que exigen las autoridades.
“Mantenimiento, lubricación, revisión y verificación de la estructura colgante para evitar su deterioro, dado que estaba expuesto en forma permanente al ambiente sin ningún tipo de protección”, dijo el magistrado en la decisión que confirmó la condena contra la administradora de la finca.
Por este proceso también fueron judicializadas otras dos personas que después de una investigación, y tras la decisión de la juez de Villavicencio, fueron absueltas, no sin antes insistir que la responsabilidad estaba en la mujer que se presentó como administradora de la finca, con todas las implicaciones legales que llevaban, como asumir las decisiones judiciales, entre ellas las condena.
“Las otras dos personas procesadas por estos hechos, Manuel Antonio Díaz Ardila, padre de la hoy condenada, y Carlos Eduardo Camargo Tarache, compañero sentimental de ella, fueron absueltos, tal como lo había dispuesto el juez en primera instancia”, explicó la Fiscalía en las audiencias para insistir al Tribunal que deberían mantener la condena.
Además de la pena de 50 meses que podrá cumplir en su domicilio, la mujer deberá pagar una multa de 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes.