El Consejo de Estado acaba de suspender temporalmente el nombramiento del congresista del partido Liberal, Jhon Jairo Roldán, como primer vicepresidente del Senado de la República.
La demanda indicó que “con la elección del congresista John Jairo Roldán Avendaño como primer vicepresidente del Senado de la República se desconoce el artículo 112 de la Constitución Política y el artículo 40 del Reglamento del Congreso. En efecto, sostuvo que el Partido Liberal, para el cual milita el referido senador, es la tercera fuerza política que más representatividad tiene en esa corporación (13 escaños)”.
Para los demandantes, no es “admisible” que el senador Roldán ocupe ese cargo en la Mesa directiva, cuando su partido político no representaría a un grupo minoritario, sino uno de los movimientos políticos más fuertes que hay actualmente en el Congreso de la República.
Además de Roldán, la demanda de nulidad electoral también golpeó al congresista Josué Alirio Barrera Rodríguez, quien fue nombrado como el segundo vicepresidente del Senado de la República.
“Con la elección del congresista Josué Alirio Barrera Rodríguez como segundo vicepresidente del Senado de la República se desconoció el artículo 18 de la Ley 1909 de 2018, por cuanto: i) el senador Humberto de La Calle Lombana, del partido Verde Oxígeno, aún no ha ocupado este lugar en la Mesa Directiva del Senado de la República y, en cambio, el Partido Centro Democrático, para el cual milita el demandado, ya lo hizo en la legislatura 2022-2023 a través del senador Honorio Miguel Henríquez Pinedo”, detalla la demanda.
Aunque el recurso también pedía la suspensión provisional de Barrera Rodríguez, el Consejo de Estado decidió negar la solicitud en ese sentido porque no ha sido posible contrastar la infracción por la que hoy es acusado. “En este momento procesal no es posible constatar sin lugar a duda la infracción del artículo 18 de la Ley 1909 de 2018, en los términos formulados por la parte actora”, dice la decisión del tribunal.
Otro de los análisis que hará el Consejo de Estado sobre la elección de Roldán como vicepresidente del Senado de la República, es si se cumplió con la ley de equidad de género que establece la representación de la oposición en las mesas directivas debe alternarse en períodos sucesivos entre hombres y mujeres. Sin embargo, la legislatura pasada estuvo a cargo del congresista Didier Lobo Chincilla.
“Adviértasele al Senado de la República que durante el término para contestar la demanda deberá allegar el acto acusado, de acuerdo con la petición previa que se llevó a cabo mediante auto del 9 de agosto de 2024, así como los documentos donde consten los antecedentes de aquel, que se encuentren en su poder, y que el incumplimiento de este deber legal constituye falta disciplinaria gravísima del funcionario encargado del asunto”, fue otra de las órdenes del Consejo de Estado en la admisión de la demanda.