Parece un asunto de nunca acabar, las sanciones que la Corte Constitución considera que sí puede imponer la Procuraduría General de la Nación contra los funcionarios que han incumplido y violado las normas, incluso con evidentes casos de corrupción, son anuladas por el Consejo de Estado en su Sección Segunda.

Esta vez ocurrió con la sanción de destitución e inhabilidad general por 16 años, contra Teléforo Bernal Velásquez, exalcalde de Flandes, Tolima, para el periodo 2012-2015, quien fue sancionado por la Procuraduría por claras irregularidades en procesos de contratación de transporte escolar para el municipio.

Como ha ocurrido en el pasado, el caso llegó a la Sección Segunda del Consejo de Estado y ahí se cayó. El argumento fue que “al momento de resolver los casos en los que se analice la legalidad de una sanción disciplinaria impuesta por la Procuraduría General de la Nación a servidores de elección popular, se debe aplicar el principio de favorabilidad y la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y solo cuando la regulación interna alcance los estándares internacionales de derechos humanos, se aplicará la norma nacional que regule la materia”.

El argumento principal del Consejo de Estado para tumbar esta sanción es que “la normativa convencional se puede advertir que solo un juez penal, mediante una sentencia condenatoria en un proceso de la misma naturaleza, puede restringir los derechos políticos de quienes son elegidos por voto popular y, en ese mismo sentido, una autoridad administrativa no tiene la potestad para limitarlos; por lo que declaró la nulidad de los actos demandados”.

La decisión agrega que “la decisión apelada se profirió realizando una correcta aplicación del control de convencionalidad y, de manera acertada, concluyó que la demandada carecía de competencia para sancionar disciplinariamente al demandante y, por ello, será confirmada”.

Pero la decisión del Consejo de Estado va más allá, al exalcalde Teléfono Bernal no solo le tumbaron la sanción, pese a las irregularidades que cometió y que generaron la decisión de la Procuraduría, ahora el Estado tendrá que pagarle los salarios que dejó de recibir, cuando, luego de su paso por la alcaldía, empezó a trabajar en el hospital de San Antonio de Anolaima.

El tema seguramente escalará, nuevamente, al mismo Consejo de Estado, esta vez en su Sección Quinta y, como ha ocurrido, ahí es respaldada la sanción de la Procuraduría.