Semana.com: La Misión Electoral replanteó su propuesta de reforma. ¿Qué opina el Consejo de Estado de las nuevas recomendaciones?Jorge Octavio Ramírez: Hicimos observaciones y vemos que muchas de ellas fueron recogidas por la Misión Electoral. Sin embargo, sí tenemos total discrepancia con las recomendaciones alrededor de la creación de la denominada jurisdicción electoral especial. Dicen que el acto electoral necesita un juez especializado. El juez especializado es la Sección Quinta. Sin embargo, crean una Corte Electoral a la que le asignan competencias como el control de las elecciones populares directas, y otra serie de asuntos que son asuntos disciplinarios, administrativos por su naturaleza. Todos van a parar a esa nueva Corte. Si es una Corte Electoral entonces que le asignen lo electoral. Al examinar esas competencias, se encuentra uno con que prácticamente judicializan todo lo que es el funcionamiento de los partidos políticos en Colombia. De acuerdo con la propuesta, un problema en una convención, o un problema interno entre los partidos podrían ser resueltos por un juez. La excepción debe ser la injerencia del juez, acá lo vuelven la regla general.Semana.com: La Misión propone que la Sección Quinta del Consejo de Estado pase a conformar la primera Corte Electoral como reconocimiento a su experiencia, ¿cómo avalúan este punto?J.O.R: La primera Corte Electoral estaría conformada por los cuatro magistrados de la Sección Quinta y tres más nombrados por la Corte Constitucional. No estamos de acuerdo con el traslado de los consejeros de la Sección Quinta a esa nueva Corte Electoral y no lo estamos porque el Consejo de Estado ha defendido en sus decisiones unas reglas claras en lo que tiene que ver con el paso de magistrados de una alta corte a otra alta corte, en virtud de la prohibición de la puerta giratoria, del yo te elijo tú me eliges, depuraciones de las costumbres políticas. Creo que de una manera muy clara, el Consejo de Estado ha fijado con sentencias emblemáticas como el caso Munar, Ricaurte y Alejandro Ordóñez su postura en este sentido. Y consideramos que esta es una manera velada de violar la prohibición del artículo 126 de la Constitución, al trasladar a los magistrados de la Sección Quinta del Consejo de Estado a una nueva Corte Electoral.Le recomendamos: Los peros del Consejo de Estado a la Misión ElectoralSemana.com: Cuestionaron la forma de elección de los magistrados de la Corte Electoral, con el modelo presentado a Presidencia ahora ¿qué opinan?J.O.R: Esa jurisdicción estaría conformada por una Corte Electoral de 7 miembros y seis tribunales regionales, cada uno con tres magistrados. Siete miembros de esa Corte Electoral serían ternados por la Corte Constitucional, Consejo de Estado, Corte Suprema de Justicia y una del Presidente; elige la Corte Electoral.Esta propuesta de la Misión va en contravía de las expresiones del presidente. Él ha expresado que tienen que examinarse las potestades nominadoras de postulación por parte de las altas cortes con base en la crítica generalizada en el sentido de que antes de llevar a un saneamiento, lo que está llevando es que el juez se dedique a actividades que no sean propias de la función jurisdiccional. En el Consejo de Estado hemos discutido ese punto y manifiestan que no se puede volver absoluto. Lo cierto es que hemos considerado que excepcionalmente deben existir potestades nominadoras o de postulación en altas cortes y más en el Consejo de Estado.Semana: ¿La sección Quinta es ineficiente?J.O.R: El índice de evacuación de procesos en término es de más del 95 %, si se mira la rendición de cuentas de la Sección Quinta se encuentra que entran al 2016 con 53 procesos, en el curso del año entraron otros 297 procesos y terminaron con 34 procesos. Es decir que en menos de un año, los procesos electorales fallados en el tiempo fueron más del 95%. ¿Cómo hablar de ineficiencia?. Y si son tan ineficientes cómo se van a pasar a los magistrados a una nueva Corte Electoral, es contradictorio. Puede leer: La contienda judicial por creación de súper corte electoralSemana.com: ¿Qué piensa la Sección Quinta?J.O.R: Están de acuerdo, ellos hacen parte de la Sala Plena del Consejo de Estado. Y de manera unánime las salas rechazaron la propuesta. ¿Qué ha dicho el Consejo de Estado en su jurisprudencia? Que esto no solamente es un asunto normativo sino que además es ético. No me puedo aprovechar de mi puesto para irme para otra parte. Eso es lo que hemos dicho. ¿Cómo vamos a estar de acuerdo con esa fórmula, que de cierta manera implica una violación de esa norma que hemos fijado?. Semana.com: Insisten en tramitar la reforma por fast track, ¿cuáles son los riesgos?J.O.R: Puede haber una violación a la Constitución si se trata de tramitar esta reforma por la vía del fast track. Porque el acuerdo con las FARC, que es la génesis de esa Misión Electoral, dice cosas concretas. En ninguna parte se habla de tocar la estructura judicial en materia electoral. No es que no se pueda hacer, se puede hacer pero por vía ordinaria, no acudir al mecanismo excepcional del fast track. Creemos que eventualmente puede hablarse de violación de la constitución por acudir a un mecanismo que no es propio para este tipo de reformas.Le recomendamos: Consejo de Estado rechaza la creación de una Corte Electoral para la pazSemana.com: Decían ustedes que se estaba creando un cuarto poder, ¿insisten en esta crítica? J.O.R: Están concentrando en siete personas ese poder, con una cosa que me parece más grave. Dicen que no están creando un cuarto poder sino un órgano jurisdiccional; pero se crea un órgano al que le asignan funciones que no son propias de la Rama judicial. Por ejemplo, allá los magistrados se eligen de manera distinta a como se eligen los de la Corte Suprema y Consejo de Estado. ¿Por qué razón? No la veo. Material y funcionalmente lo que están creando es un nuevo poder. Eso puede tener problemas de tipo constitucional y de orden convencional, nunca se ha explorado en la normativa internacional qué puede pasar con ese tipo de cosas, pero hay precedentes. Acá hay un sistema de control que no nació de la noche a la mañana, lleva más de 100 años y ha estado en manos de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Semana.com: ¿Qué opinan de quitarle competencias sancionatorias a la Procuraduría?J.O.R: Esa es una discusión que venimos dando hace muchos años porque algunos sostienen con fundamento en el artículo 23 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, que la remoción del cargo de servidores públicos elegidos popularmente la debe hacer un juez. La Corte Constitucional nuestra sentó esa regla en una primera sentencia fundándose en convenios de lucha contra la corrupción y consideró que era factible y aceptable que los órganos administrativos como la Procuraduría sancionaran a ese tipo de servidores públicos elegidos popularmente. En ese punto podemos decir que esa ha sido la tendencia que ha acogido la corporación. Lo cierto es una cosa: los servidores públicos de elección popular tienen un medio de control judicial ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa que es la acción de nulidad y restablecimiento del derecho. Lo que quiere decir que no quedan inermes o indefensos ante las decisiones de la Procuraduría.Puede leer: Los peros del Consejo de Estado a la Jurisdicción de PazSemana.com: La Misión dice que se debe implementar el control previo para revisión de aspectos, como las inhabilidades, para evitar la convocatoria a elecciones atípicas ¿una medida de este tipo también podría aplicarla el Consejo de Estado? J.O.R: Claro. Eso para mí es un falso problema. Hemos dicho que ese tipo de problemas se puede solucionar a través de un procedimiento breve y sumario que permita que cuando haya controversias con relación a la inscripción, se puedan resolver de manera rápida en términos semejantes a los de la tutela y de manera definitiva. Porque la crítica que ellos hacen es que una decisión la toma el CNE cuando se inscribe, pero eso queda sub júdice porque hay que esperar a ver qué dice la Sección Quinta y que eso se demora mucho. Ese esquema parte de un concepto tradicional jurídico y es el acto es susceptible de control jurisdiccional. Tenemos que intentar que no se demore tanto, y tenemos que exista un mecanismo que permite tomar una decisión definitiva. Ese mecanismo lo pueden resolver la Sección Quinta y los tribunales administrativos. La solución no es crear otro nuevo órgano. Semana.com: ¿Cómo evalúa el modelo de la Misión Electoral? J.O.R: Es el mismo que existe actualmente. Este es otro planteamiento contradictorio. Dicen que la estructura es la que no sirve pero replican la misma estructura. Porque la estructura actual parte de un órgano administrativo que es el CNE y un órgano jurisdiccional que es la Sección quinta del Consejo de Estado y los tribunales administrativo. Y generan otro modelo igual donde ya no existe el CNE sino el Consejo Electoral Colombiano y un órgano jurisdiccional que es la Corte electoral y los tribunales regionales que cumplen las mismas funciones que cumple el Consejo de Estado. Con un agravante: hoy en día hay 27 tribunales administrativos departamentales integrados por 240 magistrados. Lo que hacen ellos lo van a hacer tribunales regionales de 18 magistrados, ellos van a sacar los negocios electorales a tiempo? No creo y el modelo es exactamente igual.Puede leer: Consejo de Estado desata batalla al interior del Centro DemocráticoSemana.com: ¿Cree que haya riesgos para la democracia? J.O.R: Me parece que sí puede tener riesgos para la democracia. No hay que pensar en hoy, hay que pensar en el futuro. Un Consejo Electoral y una Corte Electoral que va a ser elegido de esa manera en una especie de cooptación sin injerencia del Congreso. Nada garantiza en esa fórmula lo que se debería garantizar según el acuerdo de paz y es abrirles espacios políticos y de participación a las minorías políticas de oposición y fuerzas insurgentes. Este modelo no garantiza esto. La propuesta del Consejo de Estado, en cambio, es mantengan la Sección Quinta del Consejo de Estado, y que en la organización electoral, concretamente el CNE, se modifique el origen y composición. Este es uno de los problemas que ha sido objeto de críticas. Para nosotros en el Consejo de Estado, y eso es parte de una propuesta que presentaremos al Presidente, es que se debe garantizar que la insurgencia tenga representación, así como las minorías étnicas y la oposición. Que estén allí en ese CNE que se va a encargar de ese régimen electoral.Semana: ¿Presentarán una propuesta paralela?J.O.R: Una de las decisiones de la Sala Plena es que presentaremos como propuesta alternativa a la de la Misión Electoral varias de las recomendaciones y de los trabajos que hemos venido adelantando desde hace algún tiempo en relación al régimen electoral y la organización electoral. Parte de esas propuestas son las que acabo de contar. Se la vamos a entregar al Presidente. Le pediremos una audiencia y lo invitaremos para que nos acompañe a Sala Plena del Consejo de Estado. Esta iniciativa la haremos pública a todos los actores políticos institucionales, movimientos sociales alternativos, etc. Creemos que esto se debe dar a conocer. No estamos diciendo esto simplemente por vender intereses personales, corporativos, buscar puestos, lo que estamos pensando es en el país y la necesidad de una reforma normativa que garantice los propósitos del acuerdo con las FARC, que son precisamente esa apertura política, mayor democracia, más transparencia.