El Consejo de Estado negó una demanda que había instaurado en el Alto Tribunal el exalcalde de Bogotá Samuel Moreno, preso por delitos de corrupción cuando se desempeñaba como mandatario de la capital. La demanda buscaba anular la destitución e inhabilidad por 18 años impuestas por la Procuraduría de Alejandro Ordóñez en 2015, Moreno buscaba además que se le ofrecieran excusas públicas por parte del organismo de control.
En la demanda presentada ante el Consejo de Estado, el exalcalde argumenta que sus derechos habían sido vulnerados durante el proceso disciplinario. Una de estas evidencias según Moreno es que hubo una dilación, ya que la primera suspensión del cargo por parte de la Procuraduría fue en 2011 pero la decisión final llegó en 2015. En 2011 el entonces procurador Alejandro Ordoñez efectivamente impuso una suspensión e inhabilidad especial por 12 meses a Moreno cuando se desempeñaba como alcalde de Bogotá. Pero posterior a que se confirmaran los hechos del carrusel, en 2015, Ordoñez lo destituyó e inhabilitó por 18 años. El Consejo de Estado aclaró que el proceso no duró más de los tiempos establecidos y por ello negó la demanda.
El entonces procurador falló dos veces contra el exalcalde. Moreno también alegó que durante el proceso hubo selectividad en las pruebas asignadas y que supuestamente se le habrían negado algunas de ellos y en otras no se le habría permitido controvertir algunas evidencias. Sin embargo los magistrados consideraron que esto tampoco sucedió. Un tercer alegato fue que su proceso se haya llevado a cabo en única instancia. Pero los togados aseguraron que esto va acorde al proceso disciplinario y jurídico, por lo que tampoco le dieron la razón en este sentido.
Por otro lado, Moreno reclamó el proceso de igualdad y dijo que el Ministerio Público actuó con falsa motivación, por lo que hubo una aplicación indebida de las decisiones disciplinarias por parte del ente de control. Todos estos argumentos fueron negados por el Alto Tribunal, el cual en su fallo también se refirió a las funciones de la Procuraduría en este sentido. En la decisión, el Consejo de Estado ratifica la función de la Procuraduría para investigar y sancionar a los funcionarios de elección popular, un debate que estos días ha tenido mayor vigencia por el fallo de la Corte Penal Internacional en favor de Gustavo Petro. “Mientras que se adoptan los ajustes en el ordenamiento interno, la competencia de la Procuraduría General de la Nación para destituir e inhabilitar servidores públicos de elección popular se mantiene incólume” aclaró.
El exalcalde, condenado por corrupción, actualmente tiene tres condenas en su contra por 24, 39 y 30 años, entre otras, por irregularidades en la contratación de las obras en la Fase III de Transmilenio en la 26, en lo que se conoció como el “carrusel de la contratación” y en el que participaron su hermano el exsenador Iván Moreno y los hermanos Nule. Además de los desfalcos de las obras de Transmilenio por la calle 26, los hermanos Moreno en su momento recibieron una cifra cercana a los 1,5 millones de dólares en coimas por un contrato de prestación de servicios de ambulancias, entre otros negocios de corrupción que hicieron parte de este escándalo que es considerado uno de los más grandes en la historia de la capital. Reviva el primer capítulo de cómo se robaron a Bogotá en la alcaldía de Samuel Moreno: