El Consejo de Estado conminó este miércoles a la Fiscalía Genera de la Nación y a la Procuraduría General de la Nación a entregar lo más pronto posible los resultados de las investigaciones que se adelantan contra miembros del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) por posibles excesos durante las jornadas de protestas.

Así lo determina un fallo del Alto Tribunal, al conceder una tutela interpuesta por Jeimmy Acuña Naranjo, quien “solicitó la protección de sus derechos fundamentales a la vida, a la integridad, a la libertad, a la paz ya la libre movilización que estimó lesionados por el Presidente de la República, la Nación, el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional, con las acciones adoptadas dentro del marco del paro nacional y las movilizaciones que se adelantan en todo el país desde el 28 de abril de 2021 hasta la fecha”.

De acuerdo con la decisión, se conmina “a la Procuraduría General de la Nación y a la Fiscalía General de la Nación para que, de manera célere, prevalente y especial se realicen las investigaciones penales y disciplinarias por los posibles hechos delictivos y de abuso de poder de los servidores públicos”.

Esto como finalidad “que las acciones penales y disciplinarias no prescriban, toda vez que las resultas de esos procesos representan un interés nacional por el momento histórico que atraviesa el país”, señala el fallo, así como asegura que estas indagaciones cubren las protestas desarrolladas desde el día 28 de abril de 2021 y los siguientes en el territorio nacional.

Así mismo, conminó “a la Fiscalía General de la nación para que de manera célere, prevalente y especial, realice las investigaciones penales por los posibles hechos delictivos en los que resultaron afectados los integrantes de la Policía Nacional y del Esmad en su integridad física, así como los bienes públicos y privados”.

La decisión también le ordena, tanto la procuraduría General de la Nación como a la Defensoría del Pueblo, que a través de sus delegadas y representantes “procedan, antes y después de las manifestaciones, a solicitar y verificar el listado del personal asignado por la Policía Nacional y el Esmad que hacen acompañamiento de las mismas, el tipo de armas, elementos y dispositivos no letales que se emplearán con sus respectivos seriales de identificación”.

Esto, según la providencia, “en cumplimiento de sus funciones legales, constitucionales y reglamentarias, especialmente, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 del Decreto 003 de 2021”.

En relación con la fuerza pública, el fallo del Consejo de Estado le ordena “a la Policía Nacional - Escuadrón Móvil Antidisturbios - ESMAD, que en el término de 48 horas siguientes a la notificación de esta providencia inicie un proceso de capacitación de sus patrulleros, oficiales y suboficiales, en ética y derechos humanos, conocimiento, socialización y entendimiento del Decreto 003 de 2021”.

“En especial de los principios básicos sobre el uso de la fuerza, acciones preventivas, concominantes y posteriores, empleo de armas y dispositivos menos letales, particularmente el lanzacohetes Venom; y la jurisprudencia de las Altas Cortes, relativas al derecho fundamental de la protesta pacífica y no violenta en Colombia, para que actúen como agentes de paz y garanticen el derecho a la vida e integridad personal de los marchantes y no marchantes, y así evitar el uso desproporcionado de la fuerza”, indica el documento.

Al amparar los derechos fundamentales a la reunión y manifestación pública y pacífica, a la vida, a la integridad personal, a la libertad y a la libre movilización, el alto tribunal también hizo un llamado a los ciudadanos que participan en las protestas.

“Conminar a los ciudadanos manifestantes para que adelanten el ejercicio del derecho legítimo de reunirse y manifestarse públicamente de manera pacífica y cumplan con el deber de denunciar aquellas conductas al margen de la ley realizadas por quienes ejecuten actos violentos que atenten contra los bienes jurídicos constitucionalmente protegidos”.

Contra este fallo procede recurso de apelación, que en caso de no interponerse será enviada a la Corte Constitucional para su eventual revisión.