En el complejo proceso por el megacontrato del tramo dos de la Ruta del Sol, se acaba de producir una decisión que puso a temblar a los socios del consorcio constructor.El consejero de Estado Martín Bermúdez estudiaba la posibilidad de activar de inmediato los efectos de la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Este, en respuesta a una acción popular de la Procuraduría, condenó a los socios Episol, Odebrecht y CSS Constructores a pagar 800.000 millones de pesos y les impuso una inhabilidad de diez años para contratar con el Estado.El asunto estaba estancado mientras el Consejo de Estado resolvía de fondo la apelación. Pero a finales del año pasado el magistrado Bermúdez, por un tecnicismo jurídico, consideró que debía quitarle el efecto suspensivo a las órdenes del tribunal y aplicarles el efecto devolutivo; es decir, que debería tener cumplimiento inmediato. Los abogados de las partes y hasta la propia Procuraduría interpusieron recursos para contener la decisión. Las firmas afectadas consideran que las órdenes del fallo deben derivarse únicamente de lo que decida en la apelación. Eso es, confían en obtener un veredicto favorable a sus intereses en la segunda instancia.
Aplicar de inmediato las órdenes del tribunal conllevaría dos grandes efectos: primero, que la inhabilidad obligaría a las firmas a retirarse de cualquier contrato que tuvieran con el Estado. Episol participa en cuatro de los concesionarios de las vías 4G (Coviandes, Covioriente, Covimar y Covipacífico). En otros términos, esta firma construye el último tercio de la vía al Llano, la nueva vía al Mar y una de las vías de la prosperidad en el Pacífico, así como la carretera Villavicencio-Yopal. Estos proyectos valen en conjunto cerca de 15 billones de pesos. Por su parte, CSS del Grupo Solarte participa en dos proyectos 4G, Neiva-Espinal-Girardot y Bucaramanga-Pamplona, y en la Ruta del Sol I y la vía Briceño-Tunja-Sogamoso. Además, tiene aproximadamente el 23 por ciento de Opaín, el operador del aeropuerto El Dorado.En segundo lugar, de quedar en firme el auto de Bermúdez, habría que decretar un embargo a los socios para garantizar el pago de la condena por 800.000 millones de pesos. Al mismo tiempo, quedarían congelados en favor del Tribunal Administrativo de Bogotá los 211.000 millones de pesos que el Tribunal de Arbitramento le pidió pagar a terceros de buena fe en la liquidación del contrato viciado.Después de mucha tensión, el magistrado Bermúdez contestó los reclamos. En una decisión que desconoce el punto de vista de la Procuraduría presentado en forma extemporánea, el magistrado se mantiene en que se debe atender la apelación, pero sin suspender la ejecución de la sentencia. “La apelación de las decisiones que decretan medidas cautelares se otorga en el efecto devolutivo en todos los ordenamientos procesales”, dice el auto.Pero en medio del revuelo el magistrado lanzó un salvavidas a los socios de la concesionaria: precisó que su orden no significa que la sentencia de primera instancia esté ejecutoriada, un requisito para activar la inhabilidad para contratar con el Estado.No obstante, Bermúdez sí dejó en firme el embargo a cuentas bancarias, inmuebles y dividendos de las empresas y de las personas naturales involucradas: el exministro Gabriel Ignacio García Morales; el expresidente de Corficolombiana José Elías Melo; Otto Bula; y los ejecutivos de Odebrecht Luiz Antonio Bueno, Luiz Antonio Mameri y Luiz Eduardo Da Rocha Soares. “Las medidas, que persiguen la inmovilización de dineros dirigidos a garantizar el cumplimiento de los fallos, no tendrían ningún efecto si quedaran suspendidas mientras se decide la apelación”, subraya Bermúdez.
Así mismo, quedó vigente una cláusula que ordena a la Agencia Nacional de Infraestructura afectar para el pago de la sentencia, hasta que se garantice el pago de la misma, cualquier saldo que resulte en favor de la Concesionaria Ruta del Sol II en la liquidación del contrato. En plata blanca, esto significa que los 211.000 millones de pesos, que el laudo ordenó pagar a terceros quedarían congelados hasta que los sancionados garanticen el pago de la condena.En síntesis, el magistrado Bermúdez ordenó confiscar desde ya los recursos necesarios para cubrir los efectos económicos de la sentencia en el eventual caso de que esta quede en firme; y no tocó la aplicación de la inhabilidad por diez años debido al impacto que semejante medida puede tener en las empresas bajo cuyos hombros está gran parte de las obras de infraestructura civil del país. Una determinación salomónica y provisional, que de cualquier forma propina un duro golpe a las firmas implicadas que tienen la obligación de cumplir, incluso solidariamente, por la sanción impuesta, así no esté en firme.