El Consejo de Estado tumbó definitivamente la elección de Altus Baquero, del Partido Liberal, como magistrado del Consejo Nacional Electoral, en medio de un proceso que se adelantaba en su contra desde mayo del año pasado por no cumplir con los años de experiencia profesional requeridos para ese cargo.
En la página del Sistema de Gestión Judicial Samai se confirmó que en sentencia de este jueves 6 de junio se anuló la elección del magistrado Baquero, quien había regresado a su cargo hace apenas un mes luego de que la Corte Constitucional tumbó de manera provisional la suspensión que tenía en su contra para que el Consejo de Estado definiera de fondo la situación del liberal.
La sentencia del Consejo de Estado explicó que “el acto de elección del Altus Alejandro Baquero Rueda como magistrado del Consejo Nacional Electoral está incurso en las causales de nulidad contempladas en los artículos 275.5 y 137 –particularmente, infracción a norma superior y falsa motivación–. Por consiguiente, este colegiado declarará la nulidad del mismo”.
La decisión del alto tribunal se basa en que Baquero no acreditó el requisito de experiencia que exige la norma constitucional para ocupar ese cargo, razón por la cual el Congreso incurrió en un yerro en el informe técnico que elaboró la Comisión de Acreditación Documental que quebrantó la presunción de legalidad del acto acusado.
“Sería absurdo pensar que la calificación pudiera hacerse sobre calidades, requisitos y experiencias futuras del candidato que integra la lista, o exigir a esta comisión hacer un pronóstico sobre lo que sucederá respecto del postulado después del cierre de la etapa de acreditación. De ahí la importancia de la función que cumple la Comisión de Acreditación Documental”, dice la reciente sentencia del Consejo de Estado.
En el fallo también se analizaron las certificaciones que presentó Baquero sobre su experiencia laboral, teniendo en cuenta que los demandantes de su elección advirtieron que eran “falsas”. En esa verificación, el Consejo de Estado determinó que solo logró certificar 14 años, 11 meses y 25 días de experiencia, por lo que el ahora exmagistrado no cumplió con la experiencia exigida para el cargo.
Por eso, para el alto tribunal “el acto de elección del demandado Altus Alejandro Baquero Rueda está incurso en las causales de nulidad del artículo 137 (infracción de las normas en que debería fundarse, falsa motivación y expedición irregular) y 275.5 (incumplimiento de calidades y requisitos constitucionales y legales) del CPACA, por haberse vulnerado los artículos 264, 232, 13 y 209 de la Constitución Política; el artículo 60 de la Ley 5.ª de 1992, y las Resoluciones 4 y 5 del 11 de agosto de 2022, expedidas por la mesa directiva del Congreso de la República, por lo que se impone declarar la nulidad del mismo”.
Casi un año después de su aplazamiento, la Corte Constitucional tumbó provisionalmente la suspensión que el Consejo de Estado ordenó contra la elección del magistrado Altus Baquero, argumentando que se debía proteger sus derechos fundamentales al debido proceso y al acceso de cargos públicos.
En ese entonces, se volvió a completar el equipo de nueve magistrados del Consejo Nacional Electoral, el organismo que solicitó pliego de cargos contra el presidente Petro y el actual presidente de Ecopetrol, Ricardo Roa, por los supuestos excesos en los topes de campaña permitidos por la Ley. Pero con este nuevo fallo, el CNE queda incompleto y Baquero sin elección como magistrado de esa corporación.