A través de la Resolución 734 de 2020 el Ministerio de Salud estableció el criterio para determinar cuándo un municipio tiene la condición de estar sin afectación de covid-19, además del establecimiento de un protocolo de bioseguridad para la prevención de la transmisión del virus en esos municipios. Un municipio sin afectación de covid-19 es entendido como un territorio que no presenta casos confirmados activos, mientras que se considera con afectación de un territorio en el cual se confirmó la presencia del virus en muestras biológicas de pacientes. Este lineamiento establece que en la web del Ministerio de Salud se publicará a diario los datos de los municipios que están y no afectados por coronavirus. Esta información será la que tenga en cuenta el Ministerio del Interior para generar la autorización del levantamiento de la cuarentena solicitada por los municipios o para rechazarla.
“Es una nueva etapa para mejorar la productividad de las regiones, para mejorar las condiciones de aislamiento. Pero también es una de mucha responsabilidad y compromiso en la cual los entes territoriales y las alcaldías deberán garantizar en todos los ámbitos las medidas de distanciamiento, el uso del tapabocas y que las personas en riesgo y adultos mayores permanezcan en sus casas”, aseguró el viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios, Luis Alexander Moscoso.
Añadió que “los establecimientos que se abrirán no pueden ser para reuniones, cafeterías o restaurantes. Seguimos con las medidas de distanciamiento y de higiene”, destacando que la responsabilidad, el trabajo y la consciencia colectiva permitirá que “se minimicen los riesgos de transmisión”. El protocolo de bioseguridad es complementario al adoptado mediante Resolución 666 de 2020 así como a los lineamientos de cada sector autorizado para la salida gradual y su vigilancia está a cargo del alcalde municipal o distrital.
El lineamiento cuenta con medidas para cinco entornos: hogar, educativo, comunitario, laboral e institucional.
En el hogar se establecen las medidas básicas de autocuidado, así como la protección a los adultos mayores. Además, se mantiene la suspensión de las reuniones sociales en las casas. En cuanto al tema educativo, cada rector con su equipo docente debe promover que durante las clases virtuales se dicten recomendaciones para la prevención de la enfermedad y el cuidado de los niños, niñas y adolescentes. Dentro de la normativa se encuentra que desde las alcaldías se deben crear estrategias de comunicación, exigir el uso de tapabocas a toda persona que se desplace en área publica, así como el distanciamiento físico al interior de establecimientos que tienen salas de espera dejando una silla de por medio vacía. Además, hay que tener agendas de atención para todos los servicios. En los trabajos, establece el lineamiento, es importante crear turnos para las jornadas. Con esto se evita que haya concentración de personas y reduce además el desplazamiento simultáneo de personas en las vías.
El trabajo en casa se debe mantener en la medida de las posibilidades, y es importante estimular las labores de manera remota en las personas que son mayores de 60 años con comorbilidad, personas de cualquier edad con comorbilidades y embarazadas que puedan realizar sus actividades desde la casa de manera virtual. Es clave también la limpieza y desinfección frecuente de todas las áreas comunes, y reducir en lo posible el uso de papel como sobres o documentos y realizar la gestión documental de manera virtual. El empleador debe mantener canales oficiales de notificación ante casos sospechosos de infección respiratoria aguda para realizar el aislamiento inicial, protección respiratoria y manejo a través de la EPS y ARL.