A propósito de las expectativas de los colombianos en torno a la participación de la delegación deportiva del país en los Juegos Olímpicos de Rio de Janeiro (Brasil), la Corte Constitucional se dispone a estudiar un proyecto de fallo que busca proteger los derechos pensionales que se ganaron los medallistas olímpicos y mundiales hace 21 años.Le podría interesar: Llegó el momento de poner al día el deporte Una ponencia del magistrado Jorge Ignacio Pretelt busca que la ley de incentivos a nuestros deportistas sancionada en el 2010 no ponga en riesgo el derecho a la pensión que obtuvieron los ganadores de medallas en competiciones deportivas mundiales y Juegos Olímpicos en 1995.Durante el convulso gobierno del presidente Ernesto Samper el Congreso de la República tramitó una ley de fomento a la práctica del deporte. A través de ella, concretó una serie de estímulos para quienes alcanzaran medallas de oro, plata o bronce en competiciones nacionales o internacionales. Le recomendamos: El ocaso de los deportistas Uno de esos incentivos indicaba que quienes conquistaran esas victorias ganarían el derecho a una pensión vitalicia de al menos cuatro salarios mínimos, siempre que los autores de estos triunfos no contaran con otra fuente distinta de ingresos. Quince años después se estableció una reforma que, se supone, reconocería aún más el esfuerzo de deportistas y entrenadores que ganaran medallas en los Juegos Olímpicos o Paralímpicos. Entre las medidas que contemplaba el nuevo mandato de incentivos a los competidores nacionales se estableció que las viejas glorias del deporte, que la ley en 1995 reconocía como acreedores a una “pensión”, seguirían disfrutando de un “estímulo”. Ese cambio de términos de “pensión” por “estímulo” sembró cierta desconfianza en los sectores más cercanos al deporte, que vieron en la norma un potencial riesgo para los espacios ya conquistados por los deportistas en materia de seguridad social. Por eso, se interpuso una demanda ante la Corte Constitucional, buscando que quienes ganaron ese derecho no lo perdieran. Ahora cuando la corporación judicial está próxima a resolver el caso, se conoció que la ponencia se basa en el interés de mantener las garantías que el Congreso les otorgó a las glorias del ciclismo, la natación, el atletismo, la esgrima y demás disciplinas desde hace más de dos décadas.El proyecto de fallo advierte que el mantenimiento de ese estímulo no puede perder el carácter de pensión que se le dio como reconocimiento a los deportistas que lograran alguna figuración en las diferentes competiciones avaladas por las autoridades de las diferentes disciplinas a nivel mundial y reconocidas en el plano local por Coldeportes.Así las cosas, si la Corte le da el sí a este proyecto de fallo, los integrantes de nuestra delegación en Rio tendrán la certeza de que la conquista de una sola medalla en esas justas los hará merecedores, cuando menos, de una pensión vitalicia de cuatro salarios mínimos. Claro, eso en caso de que no cuenten con ninguna otra fuente de ingresos.También puede leer: Malestar olímpico: las promesas incumplidas a los medallistas