Las garantías que las corporaciones judiciales han concedido últimamente a la comunidad LGBTI son una muestra de progresismo y de la defensa de los derechos civiles. Aun así, ello no ha evitado que miembros de esta comunicad continúen siendo discriminados de la sociedad colombiana.Así lo muestra un fallo de tutela en el que una mujer transgénero se convirtió en objeto de burlas por parte de sus propios familiares, cuando decidió asumir una identidad femenina.Con ponencia del magistrado Jorge Iván Palacio, el alto tribunal le concedió a esta persona el derecho a solicitarle a la Registraduría que le permita asumir nuevamente su vieja identidad, debido a la situación de exclusión y las humillaciones de las que ha sido víctima.En el 2014, esta persona acudió a una Notaría de Bogotá para cambiar su identidad. A partir del 7 de noviembre de ese año, empezó a ser reconocido con un nombre de mujer, que reemplazaba la identidad de varón que le había sido asignada desde su nacimiento.Así lo hizo, creyendo atender a sus convicciones personales, que la llevaban a sentirse mucho mejor representada con un nombre femenino, que era el más acorde con su condición de género.Desde entonces, la vida se le convirtió en tormento. Se volvió el hazme reír de su familia y empezó a sufrir problemas de exclusión en muchos de los entornos sociales de los que hacía parte, especialmente el laboral.Las humillaciones, burlas, sobrenombres y señalamientos de los que fue objeto desde entonces fueron tan lesivos para su honra y su dignidad, que no tuvo más remedio que ceder a las presiones sociales y pedirle al notario que le devolviera su identidad de varón.Como el titular de esa entidad, encargada de dar fe pública de las actuaciones administrativas, se negó a concederle el cambio de nombre por segunda vez, interpuso una acción de tutela que llegó al conocimiento de la Corte Constitucional.El organismo judicial sostuvo que aun cuando la ley sólo permita que estas modificaciones en el registro civil de los ciudadanos se efectúen en una única instancia, la jurisprudencia permite hacerlo nuevamente, ante eventos excepcionales como el acaecido.Por eso, el alto tribunal les ordenó a la Notaría y a la Registraduría que le permitan a la víctima recuperar su antigua identidad, debido a la situación de extrema exclusión y discriminación de la que está siendo objeto.Sin embargo, aclaró que tampoco puede permanecer inerme frente a los atentados a honra y la moral de los que ha sido víctima el demandante. De ahí que haya determinado que si en el futuro esta persona decide adoptar nuevamente su identidad de mujer, las autoridades deben permitir que lo haga, sin interponer obstáculos legales.La Corte aprovechó para llamar a la reflexión sobre la estigmatización de la que siguen siendo víctimas lesbianas, homosexuales, bisexuales, transexuales e intersexuales que deciden asumir una apariencia y costumbres que reflejen cuál es su identidad sexual y su orientación de género.Este artículo fue modificado el 8 de abril del 2016 en su título, su lead y algunos términos, por considerarlos inexactos.