Miguel Abraham Polo Polo, representante a la Cámara por las negritudes, actuó cobijado por el derecho a la libertad de expresión cuando se refirió a un ciudadano como “mamerto”. Así lo concluyó la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, que inadmitió una denuncia por el delito de hostigamiento presentada por un estudiante.

Miguel Polo Polo, representante a la Cámara (2022 - 2026) por la circunscripción afro. Bogotá, julio 18 de 2022. | Foto: Revista Semana

El alto tribunal determinó que la manifestación de Polo Polo no tiene “una relevancia jurídico penal y por sí sola no incita a la violencia”. De esta forma, se consideró que no existían méritos para abrir una investigación preliminar en contra del representante a la Cámara.

Miguel Polo Polo lideró la marcha en Medellín. | Foto: Twitter: Miguel Polo Polo

Los hechos se presentaron el pasado 1 de febrero cuando Polo Polo fue invitado a un evento en la Universidad Externado de Colombia. En esa oportunidad, el joven, identificado como Samuel Cáceres, aseguró que el congresista lo tildó de “mamerto y estúpido”, al tiempo que lo criticaba por su forma de vestir.

“Mira, ‘mamerto’ es una persona con ideales de una persona de izquierda. Cuando tú miras en Google la palabra ‘mamerto’ salen dos significados, uno dice que es ‘estúpido’ y el otro que es ‘seguidor del partido comunista’. Ahora, por qué dije que se notaba, es que peculiarmente en el físico los izquierdistas tienen un patrón: la mochilita, el pelito largo. Bueno, aunque me he llevado sorpresas de personas que son así, pero de derecha”, señaló Polo Polo en el video publicado en redes sociales.

Miguel Polo Polo en la instalación del Congreso el 20 de julio de 2022 en Bogotá. | Foto: Revista Semana

Recientemente, la Corte Suprema de Justicia inadmitió la denuncia por injuria y calumnia presentada por el entonces presidente del Senado en contra de Miguel Polo Polo por “irrespetar” al presidente Gustavo Petro y la vicepresidenta Francia Márquez.

Gustavo Petro | Foto: Transmisión Youtube

En la providencia, los magistrados aseguran que la denuncia interpuesta por Roy Barreras “no denota la comisión de ilícito alguno, sino la demostración de la opinión política del representante a la Cámara Miguel Polo Polo”.

Piedad Cordoba con el entonces presidente del Senado Roy Barreras. | Foto: GUILLERMO TORRES

Como esta denuncia la radicó Barreras para defender al presidente Gustavo Petro, la Corte Suprema le da a entender al congresista que quien debió interponer la acción legal fue el mandatario y no él, porque no es el sujeto pasivo de la supuesta conducta punible. En otras palabras, Barreras no tenía velas en ese entierro y por eso se inadmite su denuncia.

“Mal podría la Sala iniciar la acción penal, al no tratarse de un asunto en el que proceda la investigación oficiosa, destáquese que el directo afectado por las presuntas afirmaciones deshonrosas es el alto dignatario del Estado Gustavo Petro, en quien recae exclusivamente la voluntad de acudir a la administración de justicia en procura de que investigue en el ámbito punitivo el suceso que se pone en conocimiento”.

Miguel Polo Polo en las marchas del 26 de septiembre en contra del Gobierno Petro. | Foto: Guillermo Torres Reina

La Corte Suprema consideró que no hubo por parte del congresista Miguel Polo Polo actos de promoción o instigación a terceros para que estos ataquen o perjudiquen física o moralmente al presidente Gustavo Petro con la publicación en la red social.

Esto traduce otra derrota judicial para Barreras, cuya elección fue declarada nula por doble militancia por parte del Consejo de Estado. En la rueda de prensa de marzo, el congresista dijo que “el representante Miguel Polo Polo reiteradamente ha venido calumniando e insultando al presidente Gustavo Petro. Cuando se insulta impunemente, se cometen delitos y se afecta la majestad de la institucionalidad. Es hora de que ese hostigamiento pare”.