En una alocución presidencial el 6 de marzo, el presidente Iván Duque le anunció al país la radicación de seis objeciones a la Ley Estatutaria de la JEP. Eran seis reparos por razones de inconveniencia que lo llevaban a oponerse a la firma de la norma, que es una especie de columna vertebral para el funcionamiento de la justicia especial para la paz. Casi tres meses después, la Corte Constitucional, como muchos pronósticos lo habían anticipado, enterró las objeciones de manera definitiva y le ordenó a Duque que sancione de inmediato la Ley Estatutaria. El argumento de siete magistrados de la Sala Plena (salvó voto el magistrado Luis Guillermo Guerrero) es que las dos cámaras del Congreso de la República, consiguieron hundir la aspiración presidencial con una votación superior o igual a la mitad más uno. Aunque en la Cámara de Representantes el hundimiento fue rotundo con 110 votos, en Senado la disputa estuvo reñida. Al revisar con lupa el quórum del recinto del Senado, la corte concluyó que se componía de 106 curules, restando la de la senadora electa Aída Merlano, contra quien la Fiscalía profirió orden de captura antes de posesionarse por “corrupción al sufragante agravado”. Y la de Iván Márquez, quien no se posesionó en el Congreso y ahora se le tramita un proceso de pérdida de investidura."La corte hace el análisis del alcance de la expresión ‘curules que no pueden ser reemplazadas‘ para concluir que los senadores que no se posesionan no adquieren la capacidad jurídica para ejercer el cargo y las funciones, de modo que los cargos quedan vacantes temporalmente", indicó el magistrado Antonio José Lizarazo. Precisó que el artículo 134 de la Constitución establece que en ningún caso podrán ser reemplazadas las curules de quienes tengan una medida de aseguramiento en su contra por hechos relacionados con corrupción, como es el caso de Merlano. Para los magistrados, esta circunstancia penal llevó a que se estableciera que había silla vacía. En las matemáticas de la corte, también había que restar los 14 parlamentarios que presentaron impedimento para votar las objeciones. De modo que el quórum fue de 94. Así las cuentas, la mitad más uno de esta cuenta da 47: el número exacto de votos que alcanzó la oposición al gobierno en el recinto del Senado. En contexto: Corte decide bajo qué fórmula enterrará las objeciones a la JEPLa decisión de los magistrados estaba cantada. El tema del quórum desató gran polémica en la oposición que reclamó desde el día uno el hundimiento de las objeciones. En una jugada que ahora resulta inexplicable, el secretario del Senado Gregorio Eljach posesionó este miércoles a Soledad Tamayo Tamayo como reemplazo de Merlano. No obstante, tras la decisión de la Corte Constitucional de reafirmar que en este caso sí hay silla vacía, este procedimiento se quedaría sin piso y la curul conservadora quedaría vetada por tratarse de un hecho de corrupción.En la decisión, la corte reiteró cuáles son las reglas para determinar quiénes cuentan en el quórum del Congreso: 1. Que haya sido elegido ya que a partir de allí adquiere la investidura 2. Que haya tomado posesión del cargo, porque si no lo hace no puede ejercer las funciones 3. que no esté incurso en causales de impedimento o recusación, y 4. Que no esté esté condenado por delitos o con medida de aseguramiento en los casos mencionados en el artículo 134 de la Constitución. Al respecto, la Corte Constitucional precisa que en el quórum no cuentan las personas que "no toman posesión" de la curul en razón a la imposibilidad material para estar presentes.Al conocer la decisión, el presidente Iván Duque aseguró:"Fueron no aceptadas en la Cámara y aceptadas en el Senado según la interpretación numérica, pero al quedar la duda también dije que me sometería al veredicto de la Corte Constitucional". "Hoy lo puedo decir con la frente en alto, la decisión que toma la Corte Constitucional la acato como colombiano y defensor de la legalidad, pero nunca dejaré de defender los principios que han motivado al pueblo colombiano para que tengamos una paz con justicia en la que todos creamos y así seguiré procediendo todos los días de mi vida", indicó.Le recomendamos: Fin del novelón en el Senado con la JEP Desgaste político Se espera que con la decisión de la Corte Constitucional el gobierno pase la página frente a lo que se convirtió en el principal frente político del Gobierno Duque, a pesar de que todo anticipaba que volverían al mismo punto de partida. Duque, sin lugar a dudas, asumió un costo político muy grande. Se echó encima a la Corte Constitucional, al Congreso y a la comunidad internacional, los cuales consideran que los acuerdos son un compromiso de Estado que el Gobierno tenía que respetar.Le recomendamos: Santrich y Martínez: el camino por el que uno salió de la cárcel y el otro de la Fiscalía Los temas relevantes que dependen de la Corte son la fumigación con glifosato, las demandas a la Ley de Financiamiento, la ley del Plan Nacional de Desarrollo y las objeciones a la ley estatutaria de la JEP. Todos estos son fundamentales para el Gobierno de Duque y por cuenta de las objeciones pueden estar en el limbo. Como no hay mal que por bien no venga, y la derrota del Gobierno le va a servir al presidente de alguna manera, él le puede decir a sus tropas que trató e hizo lo que pudo, lo cual es verdad. También puede argumentar que el hundimiento de las objeciones marca un punto de inflexión en las relaciones del Ejecutivo con el Congreso. Hace décadas que un Gobierno no era derrotado en el Parlamento en un tema simbólico que se había convertido en un punto de honor. Ante la nueva realidad, al presidente se la abre la oportunidad de implementar un nuevo esquema de relación con el Legislativo. Esto debe partir de distinguir entre los conceptos de mermelada y de representación política, algo natural y esencial en cualquier democracia.